Tribunal Constitucional elimina el voto de “arrastre”
Acogió un recurso presentado por la Fuerza Nacional Progresista y el abogado Ángel Lockward
El Tribunal Constitucional (TC) acogió un recurso depositado contra el voto de “arrastre” contemplado en la Ley 157-13 sobre el voto preferencial que establece el arrastre de diputados a senadores.
Los magistrados de la alta corte eliminaron un párrafo del artículo 2 de la referida ley, el cual establece que “cuando el electoral decide marcar la fotografía del candidato o candidata a diputado (a) de su preferencia está favoreciendo con su voto al partido de éste (a) y por ende al candidato (a) a senador de dicho partido”.
El recurso fue incoado por el abogado Ángel Lockward y el partido Fuerza Nacional Progresista (FNP).
Hace meses, el Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró “incompetente” de conocer un recurso depositado contra la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que eliminó el arrastre en 26 provincias y lo dejó en otras seis demarcaciones. La JCE decidió que el Distrito Nacional, La Vega, Puerto Plata, San Cristóbal, Santiago y Santo Domingo mantendrán el sistema de arrastre y las demás demarcaciones del país no.
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