Finjus coincide con JCE en crítica a la modificación de Ley de Régimen Electoral

Considera propicio lograr la ponderación de todos los sectores para obtener una legislación electoral armonizada

Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo Finjus. (Fuente externa)

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) coincidió este jueves con la Junta Central Electoral (JCE), que mostró preocupación por los aspectos dejados en la modificación que hizo el Senado a la Ley Orgánica de Régimen Electoral 15-19.

Ante aspectos como los topes de gastos para la campaña electoral que se mantuvieron tal cual están en la vigente ley y la obligación a la Junta de ponderar procesos abiertos con los partidos políticos, Finjus manifestó que “es imperativo revisar las disposiciones que debiliten el ámbito competencial de la máxima autoridad de la JCE, esto es el Pleno, en tanto pudiese invadir atribuciones que están determinadas en la Constitución; un aspecto que resalta, sin perjuicio de los principios de publicidad y la continua socialización con las organizaciones partidarias”.

La entidad recalcó que la realización de audiencias públicas, de periodicidad mensual en año electoral, afectaría el desempeño operativo de la JCE en el curso del período de preparación electoral, de lo cual se supone debe estar abocada al proceso organizativo de desarrollo preelectoral.

En lo correspondiente a las sanciones, Finjus reiteró, en un documento de prensa, la necesidad de apoyar un régimen de consecuencias lo suficientemente fuerte que surta el efecto de desincentivar de manera eficaz la utilización de recursos por encima de los topes de gasto que se establezcan, así como el establecimiento de mecanismos efectivos que permitan la rendición de cuentas y fiscalización de los egresos asociados a la campaña electoral, al indicar  que una mayor regulación contribuye a prevenir que ocurran prácticas corruptas, aspecto esencial a la hora de garantizar la democracia.

Auge de la tecnología

Finjus también advirtió que la modificación aprobada por los senadores no considera respuestas en el mecanismo sancionatorio a los retos que plantea el auge de las tecnologías de información, especialmente en herramientas y plataformas que pudiesen servir para vulnerar prohibiciones y evitar la regulación en materia de propaganda electoral.

“Entendemos que una modificación a la Ley Electoral, como la que se procura, debe aprovecharse para incluir presupuestos que la adecúen a los nuevos tiempos y mecanismos, a fin de evitar que partidos y candidatos puedan burlar las normas establecidas, especialmente en internet donde los mecanismos sancionatorios son más abstractos”.

La entidad deploró que el sistema tiene desprovisto de régimen de consecuencias al espectro digital.

“Es importante que este proyecto de ley no deje de lado sanción alguna que garantice el cumplimiento de determinada obligación”, indicó.

Otras consideraciones

Destacó la inclusión de otros tipos de carácter penal electoral (delitos) que resulta de interés considerar y aportar a su delimitación expresa, estos son: violencia política hacia las mujeres, así como se impone, verificar la tipificación de la compra de cédulas.

Además, Finjust acotó que respecto del proyecto de ley que ha sido aprobado, no consideró una propuesta de interés, planteada por la JCE, en la cual se incluía un artículo respecto a los criterios para suplir los escaños congresuales en caso de ocurrencia de vacante.

Finalmente, la entidad consideró propicio realizar un ejercicio de ponderación al proyecto de ley en curso, propiciando espacios que integren todos los sectores en aras de lograr una modificación a la legislación electoral armonizada y coherente a las tendencias contemporáneas del derecho electoral, así como el bloque constitucional y el marco jurídico vigente.

 

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