Julito Fulcar deposita proyecto de ley para la creación de un nuevo marco regulatorio de cooperativas

El referido proyecto regula las relaciones de los distintos órganos que intervienen en el sector del cooperativismo

Julito Fulcar presenta proyecto de ley. (Fuente Externa)

El diputado Julito Fulcar depositó este miércoles un proyecto de ley con el que procura actualizar y modernizar la legislación que tiene que ver con la regulación de empresas cooperativas en la República Dominicana.

Fulcar, quien pertenece al movimiento cooperativo, sostuvo que con la introducción del proyecto busca crear la Dirección General de Cooperativas que, por sus siglas se conocerá como Digecoop, el cual está conformado por XII títulos y 416 artículos.

Dijo que a través de esta iniciativa se instaurarán un conjunto de principios, conceptos y reglas jurídicas que regulan la actividad administrativa de las cooperativas frente a sus asociados, los cuales participan de forma directa en la gestión administrativa de ellas.

Indicó que el referido proyecto regularía las relaciones de los distintos órganos que intervienen en el sector del cooperativismo y contendría disposiciones que atañen a las funciones y finalidades destinadas para satisfacer las necesidades de los administrados.

Durante la rueda de prensa, el legislador estuvo acompañado del liderazgo del sector cooperativo organizado en el país que lidera Eufracia Gómez Morillo, así como los presidentes de las diferentes federaciones, Lisandro Muñoz, Yudelka Báez, Dagoberto Morillo, Eddy Samuel Álvarez Ramón Antonio Díaz y Frank Tejada.

Participaron, además, representantes del consejo directivo del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (Idecoop) y el director de fiscalización de la referida institución, Rafael Vidal, en representación de Franco de los Santos, presidente administrador de esta institución.

Sobre el proyecto

De conformidad con lo establecido en el artículo 1 del proyecto de ley, la Dirección Nacional de Cooperativas (Digecoop) tendrá a su cargo el registro, supervisión, fiscalización y control del régimen legal de las cooperativas.

En relación a la estructura organizativa a la que hace alusión el título II del Proyecto, la dirección estará compuesta por el consejo de directores, la dirección general, las áreas técnicas sustantivas y de apoyo, así como de las dependencias territoriales a nivel nacional.

De igual forma integra como órganos de administración y control a la Asamblea General del Consejo de Administración al Consejo de Vigilancia; el Comité de Educación; el Comité de Crédito; Comité de Igualdad y Género; Comité de Jóvenes; Comité de mediación, ética y disciplina; Comité medioambiental; la Asamblea General Distrital en cooperativas con estructura por distritos; el Consejo de Administración Distrital en cooperativas con estructura por distritos.

En otro orden, se crearía el Registro Nacional de Cooperativas, el Centro de Capacitación del Cooperativismo (Cedcoop), el Instituto de Formación Cooperativa (Infcoop).

Asimismo, se establecen los procedimientos para la instauración, disolución y liquidación de las cooperativas y a su vez, los del régimen disciplinario y sancionador, los cuales tienen por interés proteger los bienes e intereses definidos por el sector cooperativista.

Finalmente, se establecen disposiciones que van en fortalecimiento de la seguridad jurídica y estructural de las cooperativas, las cuales forman parte del ahorro, la innovación y el emprendimiento en el país.

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