Juez declara inadmisible solicitud de objeción a los archivos definitivos Odebrecht

José Alejandro Vargas argumentó que una de las partes no fue notificada por el Ministerio Público

El juez Alejandro Vargas mientras expone sus argumentos. (Ricardo Hernández)

El juez José Alejandro Vargas declaró inadmisible la solicitud de conocimiento de los archivos definitivos de ocho personas excluidas de las acusaciones del caso Odebrecht, debido a que una de las partes involucradas en el proceso no fue notificada por el Ministerio Público.

Se trata de los archivos definitivos que emitió el exprocurador Jean Alain Rodríguez a favor de ocho de los implicados en el expediente Odebrecht.

El archivo se produjo a favor del exlegisladores Ruddy González, Julio César Valentín; el actual presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco; el presidente interino del PLD, Temístocles Montás; Máximo D’Oleo; Radhamés Segura, Bernardo Castellanos y César Sánchez.

“El magistrado Vargas ha dicho que, a su juicio, los archivos no existen, por que los archivos no fueron notificados y nosotros hemos dicho históricamente que esos archivos, fueron unos archivos clandestinos”, señaló Wilson Camacho, representante del Ministerio Público al salir del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

De acuerdo con el también titular de la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), el proceso volvería a la situación anterior, es decir, al archivo provisional, con posibilidad de reabrir el caso.

De su parte, Máximo D’ Oleo, uno de los imputados archivados por la Procuraduría dijo que siempre está disponible para dar el frente a la justicia cuando se necesite y que irá dónde quiera que le llamen.

Asimismo, el abogado de Máximo D’ Oleo, José Valdez Fernández, sostuvo que su cliente fue notificado del archivo definitivo y que la declaración de inadmisibilidad se debió a que la parte objetante no tenía calidad.

Opinión del juez

El magistrado expresó que nunca se produjo el archivo, porque la acción no fue notificada al ciudadano Manuel Jiménez, parte querellante. Es decir, los archivos no existen.

Otra de las razones por las que el juez declaró inadmisible el recurso, es porque la parte que objetó los archivos no tenía calidad para hacerlo, por no ser parte del proceso.

Periodista y locutor dominicano, egresado de la UASD. Cubre la fuente del Congreso Nacional y Política para Diario Libre. También ha laborado para los periódicos Listín Diario y El Nuevo Diario.