Jueza del TC llama a legisladores a “ponerse las pilas” con la ley de protección de datos
La magistrada María del Carmen Santana consideró que la pieza legislativa está desfasada y debe ser actualizada ante el crecimiento de la inteligencia artificial
En un mundo cada vez más dominado por la tecnología, la inteligencia artificial (IA) se ha convertido en una herramienta poderosa que promete revolucionar múltiples sectores.
Sin embargo, a medida que se avanza en la dependencia de estas tecnologías, emergen preocupaciones significativas sobre las desventajas y riesgos asociados a este potente instrumento que atenta contra la dignidad humana y la violación de privacidad.
Así lo afirma la Jueza del Tribunal Constitucional (TC) María del Carmen Santana, quien hizo un llamado a los legisladores a actualizar la Ley No.172-13 sobre la protección integral de los datos personales, ya que considera que está sectorizada y desfasada.
“Hacemos un llamado a los legisladores a –ponerse las pilas- con la ley sobre la protección de datos personales, pues está sectorizada y desfasada. Esta pieza legislativa está estrechamente relacionada con nuestra vida privada y el derecho a la intimidad, que es fundamental y está protegido por la Constitución dominicana”, enfatizó durante la conferencia “La protección de datos en la inteligencia artificial”.
Santana consideró que en el país se ejecutan muchos delitos relacionados a la violación del derecho a la intimidad, como transferencia, procesamiento y se archivan datos sin conocimiento del titular del derecho a través de la inteligencia artificial.
Destacó que la IA es de gran beneficio, siempre y cuando no se utilice para delitos electrónicos y violentar la dignidad de las personas.
Crear conciencia sobre la IA
Mientras que el magistrado más joven del Tribunal Constitucional, Amaury A. Reyes Torres, indicó que hay que crear conciencia de como la Constitución se relaciona con las nuevas tecnologías, cuando se trata de inteligencia artificial.
“Este es un fenómeno que está avanzando a un paso que asusta, lo que hace y puede llegar a hacer. La IA se alimenta en una base esencial en nuestra vida, los datos”, manifestó Reyes.
Dijo que hay que tener una mirada objetiva en como las nuevas empresas están alimentando la IA para obtener datos sobre los gustos y preferencias de las personas.
Sobre la conferencia
El Tribunal Constitucional realizó este jueves la conferencia "La protección de datos en la inteligencia artificial", a cargo de las catedráticas españolas Mercedes Serrano y Mónica Arenas, quienes han investigado diversos aspectos sobre la inteligencia artificial y su relación con las informaciones personales.
Las especialistas expusieron sobre el impacto de la inteligencia artificial (IA) en los derechos fundamentales de las personas y la democracia de los países, así como la regulación de la misma basada en el riesgo.
Además, explicaron el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento 2016/679), con el que se busca proteger los datos y la privacidad de los ciudadanos de la Unión Europea en las transacciones que se realizan en los estados miembro.
La actividad fue realizada en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), recinto Santo Domingo, y contó con la presencia de Héctor Alíes, director de la Escuela de Derecho de esta academia, quien pronunció las palabras de bienvenida del acto, así como jueces, catedráticos, juristas y estudiantes universitarios.
¿Qué dice el artículo 44 de la Constitución?
Es relativo al derecho a la intimidad y el honor personal. Dice que toda persona tiene derecho a la intimidad. "Se garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo. Se reconoce el derecho al honor, al buen nombre y a la propia imagen".
Agrega que toda autoridad o particular que los viole está obligado a resarcirlos o repararlos conforme a la ley. Por tanto:
1. El hogar, el domicilio y todo recinto privado de la persona son inviolables, salvo en los casos que sean ordenados, de conformidad con la ley, por autoridad judicial competente o en caso de flagrante delito;
2. Toda persona tiene el derecho a acceder a la información y a los datos que sobre ella o sus bienes reposen en los registros oficiales o privados, así como conocer el destino y el uso que se haga de los mismos, con las limitaciones fijadas por la ley. El tratamiento de los datos e informaciones personales o sus bienes deberá hacerse respetando los principios de calidad, licitud, lealtad, seguridad y finalidad. Podrá solicitar ante la autoridad judicial competente la actualización, oposición al tratamiento, rectificación o destrucción de aquellas informaciones que afecten ilegítimamente sus derechos;
3. Se reconoce la inviolabilidad de la correspondencia, documentos o mensajes privados en formatos físico, digital, electrónico o de todo otro tipo. "Sólo podrán ser ocupados, interceptados o registrados, por orden de una autoridad judicial competente, mediante procedimientos legales en la sustanciación de asuntos que se ventilen en la justicia y preservando el secreto de lo privado, que no guarde relación con el correspondiente proceso", sostiene.
Establece que es inviolable el secreto de la comunicación telegráfica, telefónica, cablegráfica, electrónica, telemática o la establecida en otro medio, salvo las autorizaciones otorgadas por juez o autoridad competente, de conformidad con la ley;
4. El manejo, uso o tratamiento de datos e informaciones de carácter oficial que recaben las autoridades encargadas de la prevención, persecución y castigo del crimen, sólo podrán ser tratados o comunicados a los registros públicos, a partir de que haya intervenido una apertura a juicio, de conformidad con la ley.
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