Abinader ordena extradición de dominicanos acusados de estafar ancianos en Estados Unidos

Además, firmó la extradición de un hombre acusado de extorsión por Estados Unidos y por fraude bancario a una dominicana buscada por el Gobierno de Argentina

Luis Abinader firmó cuatro extradiciones. (Fuuente externa)

El presidente Luis Abinader ordenó la extradición de dominicanos requeridos por la justicia estadounidense y argentina, entre ellos dos acusados de integrar una red dedicada a estafar ancianos en Estados Unidos desde la República Dominicana.

Mediante el decreto 341 y 342, el ejecutivo dispuso la extradición a Estados Unidos de Miguel Ángel Vásquez y José Ismael Diloné Rodríguez. El primero tiene cinco cargos por asociación delictuosa, fraude por medios electrónicos, fraude por correo postal y lavado de activos.

El segundo, Diloné Rodríguez, enfrentará tres cargos por asociación delictuosa para cometer fraude electrónico y postal y lavado de activos.

Ambos optaron por un trámite simplificado de extradición, al consentir voluntariamente el ser entregados a las autoridades estadounidenses de Nueva Jersey para ser juzgados por los cargos que se les imputan.

José Manuel Nuez

Abinader también firmó la extradición de José Manuel Nuez para que comparezca ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos por el Distrito Sur de Nueva York a fin de responder a los cargos por transmisión de comunicaciones interestatales con la intención de extorsionar y asociación delictuosa ara transmitir comunicaciones interestatales con la intención de extorsionar.

Una mujer buscada por la justicia argentina

La dominicana Doris de la Rosa Sánchez será extraditada a Argentina, acusada de formar parte de una organización trasnacional, que supuestamente operó desde el año 2018 hasta la actualidad, con el objetivo de cometer un número indeterminado de planes delictivos y de delitos en sí, en su mayoría patrimoniales, defraudaciones y extorsiones producidas a través de medios informativos y la utilización del sistema bancario, en violación a los artículos 172 y 2010 del Código Penal Argentino.

Las extradiciones están contendidas en los decretos 341, 342, 343 y 344.  El mandatario las dispone bajo la condición de que, bajo ninguna circunstancia, se juzgue a los criollos extraditados por infracciones diferentes a las que motivan su extradición, ni se aplique una pena mayor a la máxima establecida en la legislación penal de la República Dominicana, ni la pena de muerte, en el caso de que se comprobase su culpabilidad respecto de las infracciones por las cuales se dispone las extradiciones y deberá ser juzgado.

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