Imponen prisión preventiva a director de junta distrital acusado de delitos sexuales contra menor de edad
Según la acusación, Sánchez Montero en varias ocasiones agredió sexualmente a la menor de nueve años de edad
La Corte de Apelación de San Juan de la Maguana impuso tres meses de prisión preventiva en contra del director de la Junta del Distrito Municipal de Batista, Emigdio Sánchez Montero, acusado de agresión sexual y abuso sexual y psicológico en perjuicio de una menor de edad, en el municipio El Cercado.
El juez Arsenio Alcántara determinó que Sánchez Montero cumpla la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Elías Piña y declinó el caso nuevamente al Juzgado de la Instrucción de Las Matas de Farfán, porque el imputado no tiene la categoría de alcalde, por lo que estableció que es la jurisdicción donde debe conocerse el caso.
El Ministerio Público, representado en la audiencia por el procurador Salín Valdez Montero, presentó ante el tribunal diferentes evidencias obtenidas en el transcurso de la investigación del caso realizada por la procuradora fiscal Denia Rodríguez, encargada de los casos de violencia intrafamiliar y delitos sexuales en la jurisdicción de Las Matas de Farfán.
Con las evidencias se estableció en el tribunal que Sánchez Montero en varias ocasiones agredió sexualmente a la menor de nueve años de edad, mientras la víctima se encontraba sola en la casa de su padre.
El procesado, de acuerdo al MP, tocaba a la niña en partes íntimas y la amenazaba para que no hablara de lo acontecido, hasta que la madre de la menor comenzó a sospechar y al exigirle a la niña que le explicara lo que estaba pasando se enteró de los hechos.
Desde ese momento, la madre de la víctima compareció en la Fiscalía de Las Matas de Farfán para denunciar el presunto abuso por parte del imputado.
Antes de llegar a la dependencia del Ministerio Público, el pasado 10 de mayo, Sánchez Montero supuestamente emprendió una persecución contra la señora hasta el Palacio de Justicia para amenazarla e impedir que pusiera la denuncia en su contra, “siendo arrestado en flagrante delito por la seguridad de la institución”.
Los nombres de la niña y su madre fueron omitidos para proteger la identidad de la víctima.
El Ministerio Público le otorgó al caso la calificación jurídica de agresión sexual, abuso sexual y psicológico, delitos previstos y sancionados por los artículos 330 y 333 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género, y los artículos 12 y 396 del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
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