Sentencias del TSA ratifican 15 resoluciones de Contrataciones Públicas
Contrataciones Públicas sostiene que los fallos comprueban que "actuó con apego al debido proceso"
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ratificó quince resoluciones y actos administrativos emitidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), dándole ganancias de causas a esa institución pública en el 100% de las decisiones de las instancias recibidas por los jueces durante el mes de agosto
Según la DGCP, como resultado del análisis de recursos contenciosos y medidas cautelares interpuestos por distintos actores ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) le fueron favorables, en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas.
Los fallos comprueban que la DGCP "actuó con apego al debido proceso y asegurando que los recursos del Estado sean utilizados de manera eficiente y transparente", sostiene esa institución de control público en una comunicación de prensa.
Entre las sentencias favorables, figuran la núm. 0030-01-2024-SSMC-00087, que ratifica la resolución RIC-103-2024 que confirma la inhabilitación permanente de la sociedad comercial Byotransfalto HAC, S.R.L. por falsificación de documentos.
De igual manera quedó ratificada en todas sus partes la resolución RIC-183-2023 que inhabilita a la razón social Suplidores I. Mella, S.R.L. por incumplimiento contractual.
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Mediante la sentencia núm. 0030-04-2024-SSEN-00519, el TSA concluyó que "durante el proceso de investigación y análisis técnico la DGCP cumplió con los cánones legales establecidos en la norma vigente y quedó evidenciado el correcto accionar de dicha institución, por lo que rechaza el recurso contencioso administrativo interpuesto por Suplidores I. Mella".
Mediante una nota de prensa, la DGCP informó que otra de las sentencias favorables es la núm. 0030-02-2024-SSEN-00430, mediante la cual se confirma el acto administrativo núm. DGCP44-2023-002093 que rechaza la solicitud de la Editorial Actualidad Escolar de suspender la ejecución de acuerdos contraídos por el Ministerio de Educación con instituciones, universidades, y asociaciones sin fines de lucro, por considerar que este tipo de convenios no están amparados por la Ley 340-06.
En su decisión, el Tribunal confirma la validez del referido acto tras considerar que fue debidamente motivado, al tiempo que destaca que la DGCP actuó apegada al debido proceso y preservó el derecho a la defensa de la recurrente.
Se recuerda que otra sentencia favorable fue la emitida la semana pasada, la cual ratifica la resolución RIC-96-2020 que anula el procedimiento celebrado para el arrendamiento del Teatro Agua y Luz y declara su ilegalidad tras encontrar varias inobservancias a la normativa.
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