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Cielos Abiertos
Cielos Abiertos

Juez del TC advierte de un "grave peligro" para la soberanía nacional en acuerdo de cielos abiertos

Las razones del juez Domingo Gil por la que cielos abierto debía ser declarado inconstitucional

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Juez del TC advierte de un grave peligro para la soberanía nacional en acuerdo de cielos abiertos
Foto de archivo de la firma del Acuerdo de Cielos Abiertos. De izquierda a derecha: Roberto Álvarez, ministro de Relaciones Exteriores; José Fernández, subsecretario de Estado para el Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de EEUU; Luis Abinader, presidente de la República y David Collado, ministro de Turismo. (DIARIO LIBRE / EDDY VITTINI)

El Acuerdo Bilateral de Transporte Aéreo entre la República Dominicana y Estados Unidos, también conocido como "cielos abiertos", fue aprobado ayer 18 de noviembre por el Tribunal Constitucional con un único voto disidente que advierte de un "grave peligro" para la soberanía y la seguridad nacional.  

La sentencia TC/0670/24, que establece conforme a la Constitución dominicana el acuerdo firmado el pasado 2 de agosto, fue aprobada por la mayoría requerida (nueve jueces o más), pero con el único voto disidente del juez Domingo Gil, quien alegó que el acuerdo excluye de su contenido el concepto de soberanía.

"Lo que significa que en este no se reconoce, implícitamente, que República Dominicana 'tiene soberanía plena y exclusiva en el espacio aéreo situado sobre su territorio'", explicó el juez que agregó que a esto "se suma que en el acuerdo se establece en su artículo 2 que cada parte otorga a la otra 'el derecho a realizar escalas en su territorio con fines no comerciales'".

"Es  más  que  obvio  que  la  conjunción  de  esa  exclusión (claramente  deliberada)  del  concepto  de soberanía  con  el  contenido  de  ese artículo se traduce en un grave peligro para nuestro país, pues de ello 'resulta previsible el riesgo para la soberanía y la seguridad de la nación dominicana'", dijo Gil que para sustentar su posición citó la sentencia TC/0315/15, de 25 de septiembre de 2015.

Dicha sentencia declaró, agrega el juez, "no conforme con la Constitución de la República el acuerdo sobre estatus del personal de los Estados Unidos en la República Dominicana, suscrito entre ambos países el 20 de enero de 2015". 

Gil indicó, además, que el acuerdo de cielos abiertos entre Estados Unidos y República Dominicana también excluye la noción de "servicios acordados", lo que, a su juicio, impide que el mismo especifique "de manera concreta", los servicios aéreos regulares en las rutas establecidas en el tratado. 

"Es obvio que esa exclusión fortalece el temor de que este acuerdo sea una brecha para el uso del territorio dominicano para vuelos militares, lo que viene alimentado por el reconocido derecho –como ya vimos– a realizar 'escalas con fines no comerciales'; temor que se acrecienta por la 'política de la cañonera' e intervencionista que, con raras excepciones, han puesto en práctica los gobiernos de Estados Unidos a todo lo largo de la historia de ese país; política vivida y sufrida, de manera directa, en tres ocasiones por el pueblo dominicano", reflexiona el juez en su voto disidente

Para el juez, el acuerdo también "mutila" el concepto de territorio, al no tomar en cuenta para la descripción "las áreas terrestres y las aguas territoriales adyacentes que se encuentren bajo el 'dominio, protección o mandato de cada estado contratante'", agrega.

En ese sentido, el juez advirtió que el Tribunal Constitucional con su aprobación al acuerdo entre Estados Unidos y República Dominicana desconoció una decisión anterior sobre el concepto territorio y en la sentencia TC/0037/12 del 2012, ratificada en el 2015 y fortalecido en dos sentencias adicionales, lo que consideró como algo "grave". 

La definición de territorio, junto a la aplicabilidad de las leyes nacionales, la libre y leal competencia, la protección de los derechos de los consumidores, la solución de controversias y la terminación de los acuerdos; eran los aspectos del acuerdo que los jueces del Tribunal Constitucional debían verificar para evitar contradicciones en el ordenamiento jurídico interno. 

A juicio del juez Domingo Gil, el tribunal debió declarar inconstitucional el acuerdo, sin embargo, al obtener el voto a favor de la mayoría de los jueces, el acuerdo pasa ahora al escritorio del presidente Luis Abinader para su conocimiento y firma, tras lo cual será enviado al Congreso Nacional para su ratificación. 

"Hemos cedido soberanía y territorio y contribuido a la degradación del medioambiente (por el gran flujo de aviones que vendrán al país como resultado de este inconstitucional acuerdo). Y todo 'por unos dólares más'"Domingo Gil Juez del Tribunal pconstitucional de la República Dominicana

De acuerdo con el pronóstico del presidente de la Junta de Aviación Civil (JAC), Héctor Porcella, este acuerdo deberá entrar en vigor a principios del próximo año.

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Licenciada en Periodismo, egresada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).