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Lo que establece el proyecto de ley para homologar las licencias de conducir entre NY y RD

Los compromisos que se asumirán con proyecto sobre reciprocidad de licencias de conducir en NY

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Lo que establece el proyecto de ley para homologar las licencias de conducir entre NY y RD
Dominicanos con licencias de conducir vigentes podrán homologarla por una licencia emitida en Nueva York. (FUENTE EXTERNA)

El Senado de Nueva York aprobó a inicios de junio un proyecto de ley que busca homologar la expedición de licencias de conducir entre el estado y otros territorios como la República Dominicana. Faltan algunos pasos para que se convierta en ley y entre en vigor, pero desde ya se conocen lo que sucederá una vez se firme un acuerdo bajo el amparo de la ley. 

El proyecto es una iniciativa del senador por el distrito 32 de Nueva York, Luis Sepúlveda, que busca que las personas con una licencia activa en el estado de Nueva York pueda canjear el documento sin tener que tomar las pruebas de conocimiento y solo asumiendo su costo en los territorios, estados o países que suscriban el acuerdo, por ejemplo la República Dominicana. 

El acuerdo funciona de dos vías, lo que significa que también los conductores dominicanos (o de otros territorios, estados o países) que tengan una licencia vigente de su país de origen podrán solicitar una licencia de la misma forma en el estado de Nueva York.

¿Qué pasará tras firmar el acuerdo?

El proyecto identificado como S4329A autoriza al comisionado de vehículos de motor de Nueva York a celebrar convenios de reciprocidad con otros estados, países, provincias o territorios que expidan licencias de conducir, para ello cada parte de dicho acuerdo proporcionará muestras o copias del documento, así como una definición de todas los tipos de licencias, notaciones y restricciones. 

Además, la medida solo se aplicará a los titulares de licencias de conducir sin restricciones y que sean mayores a los 18 años.

Además, advierte que se aplicarán las mismas normas, reglas y reglamentos vigentes para cualquier residente del estado de Nueva York y/o el respectivo al estado, país o territorio que forme parte del acuerdo. 

También, cada parte acordará verificar si el conductor solicitante todavía tiene una licencia de conducir válida del lugar en el que se expidió el documento, además de garantizar el diseño de un sistema de verificación, que se asegure el acceso a cualquier información necesaria para ser compartida y determinar si se cumplen sustancialmente con las leyes federales y estatales a los fines de una reciprocidad

Finalización del acuerdo 

El acuerdo de reciprocidad de las licencias de conducir deberá ser firmado por el comisionado de vehículos de motor del estado de Nueva York y un funcionario con autoridad legal para celebrar este tipo de contratos en representación de su respectivo estado, país, provincia o territorio. 

El mismo puede ser cancelado o revocado por escrito por cualquiera de las partes involucradas en el momento que se considere oportuno y por cualquier motivo con un preaviso de tres meses. 

Asimismo, el proyecto establece que el comisionado de vehículos de motor informará al gobernador, al presidente interino del Senado, y al presidente de la asamblea sobre los acuerdos alcanzados dentro de un año a partir de la fecha en que se haya convertido en ley y anualmente después de su entrada en vigor inmediatamente.

De acuerdo con el sitio web del Senado de Nueva York, el proyecto ha sido aprobado por los senadores y asambleístas del estado, mientras que los medios locales señalan que entrará en vigor una vez sea firmada y publicada por la gobernadora del estado, la demócrata Kathy Hochul.

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