Abinader ordena extradición a EEUU de tres dominicanos buscados por tráfico de drogas
Estados Unidos esperó por casi seis años las extradiciones
El presidente Luis Abinader ordenó la extradición de tres dominicanos solicitados por el Gobierno de los Estados Unidos por tráfico de cocaína en ese país.
Para hacer efectiva su decisión, el mandatario emitió este jueves los decretos 125-23, 126-23 y 127-23.
Mediante el decreto 125-23, Abinader dispuso el traslado al país norteamericano del dominicano Darío Jiménez Castillo, alias El Don, acusado de "confabular para importar y distribuir cocaína en EE.UU".
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia recibió la solicitud de los Estados Unidos el 21 de noviembre de 2017 y fue el pasado 28 de febrero que el imputado por la justicia norteamericana consintió voluntariamente ante los magistrados de dicha sala ser entregado para ser juzgado por los cargos que se le imputan.
Con el 126-23, se dispuso la extradición de Tomás Vásquez Mejía para que enfrente tres cargos por asociación delictuosa para poseer, fabricar y distribuir una mezcla o sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, a sabiendas de que sería importada ilegalmente a los Estados Unidos.
El tribunal fue apoderado de la solicitud de su extradición el pasado 9 de diciembre de 2021 y fue el pasado 14 de marzo que Vásquez Mejía optó por un trámite simplificado de extradición.
A su vez, el decreto 127-23 ordena el traslado de Erasmo Martínez Trinidad, alias Eramo. Los cargos por lo que es requerido por la justicia estadounidense son: conspiración y posesión para distribuir una mezcla con cocaína.
La solicitud de extradición de Martínez Trinidad fue apoderada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el 26 de mayo de 2018 y en audiencia del 28 de febrero de 2023, el prevenido consintió el trámite simplificado de extradición.
Condicionantes de la extradición
El presidente condiciona estas extradiciones al país receptor para que "bajo ninguna circunstancia" juzgue a los imputados por infracciones diferentes a las que motivan su extradición, ni se le aplique una pena mayor a la máxima establecida en la legislación penal de la República Dominicana, ni la pena de muerte, en el caso de que se comprobase su culpabilidad respecto de las infracciones por las cuales se dispone su extradición y deberá ser juzgado.