Presidente Abinader promulga ley que declara a San Cristóbal provincia ecoturística
La iniciativa legislativa es del senador de la cuna de la Constitución, Franklin Rodríguez Garabitos
El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó este lunes la ley aprobada por el Congreso Nacional que declara a San Cristóbal provincia ecoturística, iniciativa legislativa del senador de la cuna de la Constitución, Franklin Rodríguez Garabitos.
Esta iniciativa tiene como finalidad impulsar la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y el fomento de las manifestaciones culturales, que irán en beneficio del desarrollo económico y social de la provincia.
El ámbito de aplicación de esta ley es para todas las actividades ecoturísticas que se realicen en cada uno de los municipios que integran la provincia San Cristóbal y con ella se crea el Consejo de Desarrollo Ecoturístico como órgano rector de la promoción y regulación de las actividades ecoturísticas de la provincia.
El artículo 20 de la ley indica que las empresas que se instalen y desarrollen proyectos ecoturísticos en la provincia San Cristóbal y que sean aprobados por el Consejo de Desarrollo Ecoturístico, serán regidas por la Ley 158-01, de fecha 09 de octubre de 2001, sobre fomento al desarrollo turístico para los polos de escaso desarrollo y nuevos polos en provincias y localidades de gran potencialidad y crea el Fondo Oficial de Promoción Turística y sus modificaciones.
En el considerando tercero la ley dice que la provincia San Cristóbal posee condiciones medioambientales óptimas, al contar con una diversidad de ecosistemas de gran valor para la conservación y preservación de la biodiversidad, además de tener vastos recursos naturales y ecosistema diverso para el desarrollo turístico en zona costera, ríos, montañas, arroyos, manatiales y represas.
Valora patrimonio histórico
También destaca la provincia San Cristóbal cuenta con un valioso patrimonio histórico propicio para el turismo arqueológico y cultural, como el ingenio Don Diego Caballero en San Gregario de Nigua (ruta de los ingenios de época colonial); pinturas prehistóricas y grabados rupestres de las cuevas El Pomier; la Casa de Caoba; los frescos en el interior de la iglesia Nuestra Señora de la Consolación, elaborados por el artista español José Vela Zanetti; el parque Piedras Vivas; el balneario La Toma; Las Barias; las cuevas del Conde de Mana en Yaguate; el parque ecológico de Nigua; las cuevas en Las Coles en Cambita Garabitos; El Fuerte de Resolí; El Casino; Castillo del Cerro; entre otras atracciones.
En un plazo de noventa días de la entrada en vigencia de esta ley, el Consejo de Desarrollo Ecoturístico debe aprobar su reglamento interno.
En un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigencia de esta ley, el presidente de la República dictará el reglamento de aplicación.