Aprueban en segunda lectura proyecto que impide a condenados por violación trabajar con niños
El proyecto de ley fue modificado en medio de la sesión para incluir mejorías y nuevos aspectos
La Cámara de Diputados aprobó este martes en segunda lectura el proyecto de ley que prohíbe a personas condenadas por violación sexual, una vez hayan obtenido su libertad, ejercer oficios vinculados al sector educativo, de cuidado u orientación, que involucre niños y niñas.
La pieza, que ya llevaba cuatro años retrasada en las comisiones de estudios, fue aprobada con la unanimidad de los 105 votos presentes en la sesión de los diputados.
Con la segunda discusión, los diputados enviaron el proyecto de ley al Senado, donde deberá ser estudiado y aprobado en otras dos lecturas. En caso de que se acoja totalmente en la Cámara Alta, la pieza estaría lista para ser promulgada por el presidente Luis Abinader.
De acuerdo con el proyecto, quien haya tenido condenas por cometer acto sexual violento, inducción a la prostitución, trata de personas, turismo sexual, acto sexual abusivo o pornografía con menores de edad, no podrá trabajar con niños.
Un párrafo del artículo cinco del proyecto explica que la inhabilitación para trabajar con menores de edad será aplicada únicamente cuando la sentencia por violación sexual ya esté irrevocablemente juzgada.
El mismo proyecto establece que, cuando una persona esté señalada por violación sexual pero aún no sea juzgada, el Ministerio de Educación deberá suspender sus servicios de educación, cuidado u orientación a los menores de edad y solo se reincorporará al sistema educativo cuando sea absuelta en el proceso judicial.
Modificaciones en medio de la sesión
Antes de quedar aprobado en segunda lectura, los diputados sometieron algunas modificaciones a la pieza que perfeccionan la iniciativa para que no sea derogada ni atacada en los tribunales.
La primera propuesta para modificar el proyecto fue sugerida por los diputados José Horacio Rodríguez y Magda Rodríguez. El cambio consiste en que la inhabilitación contra los violadores tenga un límite de 30 años. La pieza original estipulaba que los impedimentos contra los condenados por violación sexual sean permanentes para proteger "el interés superior del niño, niña y adolescente".
Otra modificación fue agregar un párrafo en el artículo tres para que se especifique que la inhabilitación contra los violadores iniciará cuando los agresores concluyan su condena de cárcel, la cual fue propuesta por los diputados Eugenio Cedeño, José Santana, Ramón Bueno y Darío Zapata. El cambio consiste en
Las dos modificaciones citadas fueron acogidas por el Pleno de la Cámara de Diputados y, por tanto, fueron agregadas en el proyecto de ley.
Sin embargo, otra modificación sugerida por los diputados José Horacio Rodríguez y Magda Rodríguez fue retirada porque el Pleno consideró que era "limitante". Esta buscaba que la inhabilitación contra los violadores no sólo incluyera trabajos educativos, sino ejercicios religiosos, culturales y deportivos.
Al Senado
Con los debates terminados y la aprobación en dos discusiones, el proyecto va ahora al Senado tras estancarse por casi 10 años en la Cámara de Diputados sin una aprobación clara.
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