El río Masacre y la crisis haitiano-dominicana: el resultado óptimo
Relaciones entre República Dominicana y Haití se mantienen tensas por el río Masacre
(Este artículo del exembajador haitiano en Santo Domingo apareció primero en francés en alterpresse.org el 17 de septiembre)
Las tensiones creadas en las relaciones haitiano-dominicanas en torno a la reanudación, en agosto de 2023, de la construcción del canal haitiano sobre el río Masacre, han dado un giro grave e inesperado. Sin embargo, esto es sólo una tormenta en una taza de té que dos Estados soberanos racionales podrían haber evitado fácilmente.
En este artículo, pretendo demostrar que el camino diplomático de la negociación bilateral sería el camino a (re)tomar con vistas a un resultado óptimo y feliz de la crisis. Para lograrlo, primero demostraré dónde reside el verdadero problema y cómo posiblemente resolverlo.
En segundo lugar, explicaré por qué las importantes medidas de seguridad adoptadas por el lado dominicano probablemente no resolverán la crisis, si no la agravarán causando daños insospechados.
1. Comprender el propósito de la obra: la verdad o el mito de la desviación
Durante la entrevista realizada el jueves 14 de septiembre de 2023 en Radio Visión 2000, la famosa periodista Marie Lucie Bonhomme me hizo una pregunta fundamental a la que no creo haber respondido bien. Admito que todavía no había comprendido que la pregunta tocaba el único problema real de la crisis. La pregunta era: "¿Por qué los dos Estados haitianos y dominicanos recurren de manera similar a su Tratado de Paz, Amistad y Arbitraje del 20 de febrero de 1929 (en adelante Tratado de 1929) para hacer valer su posición, que sin embargo es contraria a la ley? ¿Construir o prohibir la construcción de un canal en el río Masacre? ".
Mi respuesta fue que se trataba simplemente de dos interpretaciones contradictorias del texto en función de los intereses de uno u otro Estado. En realidad, es un poco más que eso. El problema no radica en un posible error de interpretación sino en un desacuerdo sobre el verdadero propósito de la obra. El Estado dominicano habla de desvío del curso de agua mientras que el Estado haitiano habla de toma. ¿De qué se trata realmente?
De conformidad con el artículo 10 del Tratado de 1929, para todas las aguas que "nacen en el territorio de uno de los dos Estados, pasan al territorio del otro o les sirven de límite", es claro que ninguna de las partes contratantes puede consentir "una obra que pueda cambiar el curso natural de estas aguas o alterar el flujo de sus fuentes". Pero a ambos Estados se les permite hacer un uso justo y equitativo de las aguas con miras a promover un cierto equilibrio en el uso de estos recursos.
Habría por tanto dos formas de violar el artículo 10 del Tratado de 1929: mediante el desvío de cursos de agua y/o mediante su uso injusto e injusto. Por lo tanto, si el gobierno haitiano es capaz por un lado de demostrar que la obra no consiste en un desvío de las aguas del río Masacre, podrá defenderse jurídicamente de no actuar en violación del Tratado, especialmente que su primera Las obras en el curso de agua no pueden, por sí solas, constituir un uso injusto e injusto de las aguas en relación con las numerosas capturas existentes del lado dominicano.
Hoy, a pesar de existir la Declaración Conjunta del 27 de mayo de 2021 en la que la parte dominicana había dado su acuerdo de principio para la continuación de la obra, hay que reconocer que el marco de ejecución de la obra desde 2021 a la fecha podría cambiar. Por lo tanto, al reasumir la responsabilidad de la obra, el gobierno haitiano tendrá que proporcionar una vez más todos los datos necesarios que sirvan para disipar el malentendido existente sobre la naturaleza y el propósito de la obra. Pero primero tendría que aclarar, porque no está del todo claro, si su compromiso asumido en el comunicado de prensa del Ministerio de Cultura y Comunicación del 14 de septiembre de "tomar todas las medidas necesarias para que el riego de la llanura de Maribahoux se lleva a cabo dentro de las normas, bajo la supervisión en particular de los Ministerios de Agricultura, Recursos Naturales y Desarrollo Rural y Medio Ambiente" se refiere o no a una promesa de hacerse cargo de la construcción del canal en cuestión. Si no es así, cosa que no queremos, podemos concluir fácilmente que el gobierno haitiano tampoco pretende ser parte de la solución a este problema.
2. Desvío diplomático, demostración de fuerza y violación de los derechos humanos
En principio, apenas estallaron las tensiones en abril de 2021, el Estado dominicano, a través de su cancillería, podría haber exigido información al Estado haitiano sobre el alcance y finalidad de los trabajos iniciados. Este es su pleno derecho dado que la obra en cuestión se realiza sobre un recurso hídrico compartido con su vecino. Sin embargo, había optado por exigir el cese inmediato de los trabajos creando un conflicto diplomático difícil de resolver en las condiciones requeridas ya que evidentemente, como defendió el gobierno haitiano desde el principio, el Estado haitiano es soberano y, por tanto, no tiene lugar. no tener que recibir órdenes de otro Estado sobre trabajos que realiza en su territorio, incluso si estos últimos tienen una dimensión internacional relativa al Estado reclamante.
Además, en lugar de rectificar su brecha, el gobierno dominicano optó por alzar su voz alejándose del camino pacífico de la negociación diplomática, en favor de la intimidación, las represalias y la amenazante exhibición de superioridad militar que no está justificada, porque los dos Estados –y esto muy afortunadamente– no se están preparando para ir a la guerra.
El 5 de septiembre, el presidente Abinader ordenó unilateralmente el cierre de la frontera de Dajabón. En sucesivas declaraciones elevó la construcción del canal al rango de amenaza a la integridad del territorio dominicano y la seguridad nacional. Por ello convocó el 11 de septiembre al Consejo de Seguridad Nacional, que decidió reforzar las medidas de seguridad ya tomadas lanzando un ultimátum tras el cual el presidente procedió, este jueves 14 de septiembre, a cerrar todas las fronteras con Haití.
Cabe señalar aún que esta medida final fue anunciada sin que se hubieran declarado rotos los vínculos diplomáticos con el Estado haitiano ni se hubiera dado tiempo -y esto de manera muy torpe- a los cinco emisarios haitianos que aún se encontraban en territorio dominicano para regresar dignamente a sus hogares. país.
Evidentemente, todas estas medidas dominicanas no parecen acercarnos más a una solución a la crisis. El Estado haitiano, al que el presidente Abinader parece querer obligar a detener el trabajo mediante amenazas y humillaciones, no parece dejarse intimidar. En respuesta al presidente vecino, el gobierno haitiano reiteró, a través de un comunicado oficial del Ministerio de Cultura y Comunicación, su posición inicial según la cual "la República de Haití puede decidir soberanamente sobre la explotación de sus recursos naturales". Tiene, al igual que la República Dominicana con la que comparte el río Masacre, pleno derecho a realizar capturas allí, de conformidad con el acuerdo de 1929.
Los líderes haitianos también aprovecharon la oportunidad para llamar al Estado dominicano "a proteger vidas y bienes, en ambos lados de la frontera, y a respetar los convenios internacionales que regulan la materia". ¿Por qué en ambos lados de la frontera? En Haití, por un lado, nunca se sabe, dada la amenaza de guerra de los dominicanos, que es cada vez más intimidante. En cambio, también en la República Dominicana, donde la atmósfera de hostilidad creada en el país podría desembocar en un enfrentamiento entre haitianos y dominicanos.
Es más, por mucho que lo denunciemos antes de que pase lo peor, es obvio que el derecho fundamental a la libre circulación de los haitianos está actualmente en peligro en República Dominicana. Al prohibir unilateralmente a los haitianos ejercer su derecho fundamental a regresar a su país si lo desean, el Estado dominicano está actuando, entre otras cosas, en flagrante violación del artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Derechos Políticos y el artículo 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que regula la materia. Además, la misma medida impide discriminatoriamente a los nacionales haitianos beneficiarse del régimen constitucional nacional de protección de los extranjeros consagrado en el artículo 25 de la Constitución dominicana de 2015 vigente.
En el proceso, habrá que esperar un poco más para ver si las autoridades dominicanas habrán permitido que la Federación Nacional de Trabajadores Sociales Cristianos del Transporte (FENATTRANSC) implemente, a partir del próximo lunes 18 de septiembre, su medida anunciada públicamente por el de al representante de su ejecutivo, el sindicalista Mario Díaz, a prohibir a sus conductores, para apoyar, dice, la paralización de la construcción del canal, el transporte de haitianos independientemente de su estatus migratorio.
En última instancia, incluso si debemos dejar el análisis de las cuestiones políticas internas a los dominicanos, bien podemos preguntarnos si el presidente Abinader no se da cuenta de la desproporción de las medidas tomadas en relación con un problema basado en un simple malentendido que podría resolver una solución diplomática razonada y responsable. Por otro lado, uno podría preguntarse cómo una demostración fronteriza de superioridad militar dominicana puede ayudar a resolver la crisis. Además, dada la irrefutable importancia del mercado haitiano para el comercio dominicano, ¿no sería el cierre total de fronteras con Haití una medida suicida o al menos una forma de autoflagelación con un efecto impopular y contraproducente?
3. Rutas de salida: opción óptima para la negociación bilateral y condiciones para el éxito
Hay al menos tres posibles vías de salida de esta tensa situación que puede considerarse de alto riesgo y alta intensidad. En primer lugar, los más exaltados, particularmente del lado dominicano, llegan a imaginar el enfrentamiento de los dos países en una guerra militar. Los haitianos tampoco descartan esta posibilidad, afirmando que estarían dispuestos a morir para defender la construcción del canal. Evidentemente sería una locura tener que llegar a este punto, porque es una locura despertar en nosotros tantos instintos salvajes cuando todavía podemos contar con nuestra racionalidad individual y colectiva.
La segunda vía posible, fomentada por más de uno e incluso prevista por el Tratado de 1929, sería el arbitraje internacional. Éste no sería el camino a seguir en este momento. En primer lugar, el recurso a este tipo de mecanismo internacional sólo se justifica realmente después de que se hayan agotado las vías bilaterales de apelación. Aún no hemos llegado a ese punto a pesar del fracaso de los primeros intentos. En segundo lugar, lamentablemente tal recurso nos haría pasar por un largo período de espera y una parálisis del comercio bilateral que la interdependencia de las dos economías y la habitual convivencia fronteriza no deberían permitir.
Queda por ver si las autoridades vecinas aceptarán la invitación en lugar de persistir en exigir sin concesiones el cese o incluso el abandono de las obras. Sin embargo, será una oportunidad para que demuestren su buena fe en la búsqueda de una solución definitiva a la crisis a partir del problema real de la finalidad de la obra.
En este sentido, el gobierno haitiano deberá aclarar primero con los líderes dominicanos si su solicitud se refiere realmente a un cese definitivo de los trabajos o más bien a un cese temporal de estos últimos hasta la conclusión del diálogo bilateral. En igualdad de condiciones, nadie puede argumentar honestamente que la lógica de suspender temporalmente el trabajo sería una condición previa indefendible. Por el contrario, como parte del desarrollo de un protocolo de negociación preparatoria, el gobierno haitiano podría acordar la suspensión temporal de los trabajos a cambio, por parte de los dominicanos, de un levantamiento igualmente temporal de sus medidas hasta el resultado del diálogo.
En la práctica, dada su actual débil legitimidad y el alcance del entusiasmo popular en torno al trabajo, el gobierno haitiano difícilmente podría tener los medios para obtener de los campesinos la concesión de la suspensión temporal. En definitiva, lo más importante para el gobierno haitiano, antes de iniciar el diálogo bilateral, será asegurar: (1) recuperar el control efectivo de la construcción del canal sin crear conflictos innecesarios con el equipo civil actualmente a cargo, (2) convencer a los agricultores de su real deseo de darles satisfacción garantizándoles la continuación y finalización de la obra y (3) dotar al proyecto, para cualquier eventualidad, de un impecable expediente de estudio técnico y ejecución de la obra conforme a los términos del contrato. el Tratado de 1929, los principios y las exigencias normativas de todos los convenios internacionales que regulan la materia.
Una vez que el gobierno haitiano haya completado todos estos pasos, es seguro que la vía diplomática de negociación bilateral habrá traído necesariamente una solución a la crisis. Y si, en el peor de los casos, las autoridades dominicanas se niegan a dialogar insistiendo en detener las obras, el gobierno haitiano podrá en ese momento recurrir a un tribunal de arbitraje o a la mediación de un tercer Estado u otro gobierno. .una organización internacional competente. Y, si desgraciadamente es el propio gobierno haitiano el que evade sus responsabilidades, hay razones para imaginar lo peor entre la determinación frenética de los campesinos haitianos del noreste y la ahora legítima frustración de los dominicanos.
* Abogado y sociólogo
Ex embajador de Haití en la República Dominicana