Adecentar el Congreso Nacional
El PRM, que prometió un Congreso Nacional decente, tiene la oportunidad de iniciarlo disponiendo que sus legisladores renuncien a las exoneraciones, al “barrilito” y al “cofrecito”.
El lunes 14 de octubre de 2013 deposité en el Congreso Nacional una formal petición, amparado en el artículo 22, ordinal 4 de la Constitución vigente, para la eliminación, por su carácter inconstitucional, del “barrilito” y el “cofrecito” de los legisladores. Siete años después, esa petición mantiene toda su vigencia.
¿Qué es el barrilito? Es el nombre que con sobrado acierto el pueblo identificó el Fondo de Asistencia Social que los senadores se asignaron dentro del presupuesto. El “cofrecito” es la versión de ese fondo que reciben los diputados.
¿Cuál es el origen del “barrilito”?
Ante las denuncias permanentes de la existencia de onegés fantasmas que utilizaban legisladores para asignarse fondos, Reinaldo Pared, en el 2006, siendo presidente del Senado, lejos de clausurar esta sustracción de fondos públicos, la “legalizó” creando el Fondo de Asistencia Social. Además, senadores y diputados reciben dos exoneraciones de vehículos, sin tope de costo, durante los cuatro años.
¿Cuál es el monto del “barrilito”?
Del Fondo de Asistencia Social, cada senador recibe un monto fijo mínimo de 400 mil pesos a lo que se agrega un peso (RD$1.00) por cada elector de su provincia. Bajo la fórmula aplicada, el senador que menos recibe es el de Pedernales, RD$420,000.00 mensuales. En el período 2006-2010 Reinaldo Pared Pérez, del DN., Cristina Lizardo de la PSD, Francisco Domínguez Brito, de Santiago y Tommy Galán de San Cristóbal, recibieron por el barrilito RD$900,000 mensuales que multiplicados por los cuatro años significó para cada uno RD$43 millones 200 mil pesos.
Por su parte, en octubre de 2019 la organización Oxfam-RD en un estudio sobre la calidad del gasto público afirmó que “en los últimos tres años los legisladores han recibido transferencias directas de casi cuatro mil millones de pesos con la finalidad de ser utilizadas en labores de asistencia social”.
El salario de los legisladores El “barrilito” y el “cofrecito” son partidas que reciben los legisladores al margen de sus ingresos regulares. Los senadores tienen un salario base de RD$320,000 mensuales a lo que se suman, entre otros, los beneficios siguientes: RD$50,000.00 de gastos de representación; RD$25,000 de viáticos; RD$25,000 de dietas, RD$3,500 por sesión y RD$2,500 por cada reunión de comisión. Los diputados, por su parte, tienen un salario de RD$175,500; gastos de representación por RD$35,000; RD$45,000 de dieta, incluyendo viáticos por sesiones y comisiones.
¿Son constitucionales el “barrilito” y el “cofrecito”?
Para responder esta interrogante hay que determinar primero cuáles son las atribuciones únicas asignadas por la Constitución a las cámaras legislativas
El artículo 93 responde esta interrogante del modo siguiente: “El Congreso Nacional legisla y fiscaliza en representación del pueblo...”
Es decir: legislar, fiscalizar y representar son los ámbitos de competencia de la actividad de los legisladores. Por tanto, la Constitución no atribuye a los legisladores ninguna función respecto de labores de “asistencia social”.
Por su parte, los artículos 80 y 83 prevén las atribuciones particulares del Senado y de la Cámara de Diputados, respectivamente y de nuevo: el examen de cada una de ellas en estos dos artículos revela que ninguno les asigna funciones de “asistencia social”.
En la medida en que, conforme el artículo 4 de la Constitución, las atribuciones del poder público son exclusivamente aquellas que la Constitución les asigna y como hemos visto no ha previsto labores de asistencia social para el Congreso Nacional, los textos constitucionales citados están siendo vulnerados con la vigencia del “barrilito” y el “cofrecito”.
Hay algo más: en el desarrollo de sus labores de “asistencia social”, los legisladores con frecuencia incursionan en actividades relativas al ámbito de la salud, de la educación, para sólo poner dos ejemplos. Recordemos que la participación del Congreso y sus integrantes en materia de políticas de salud y de educación se agotan en la formulación de la ley (atribución legislativa) y en el monitoreo sobre la implementación de las políticas determinadas por la ley (atribución de fiscalización y control). No incluye la labor de ejecución porque esa, como su nombre indica, está reservada al Poder Ejecutivo, a través de los correspondientes ministerios de Educación y de Salud, en los ejemplos elegidos. Por tanto, el Congreso invade el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, vulnerando el principio de separación e independencia de los poderes establecidos en el ya citado artículo 4 de la Constitución.
El PRM, que prometió un Congreso Nacional decente, tiene la oportunidad de iniciarlo disponiendo que sus legisladores renuncien a las exoneraciones, al “barrilito” y al “cofrecito”. Además, eliminar del próximo presupuesto el Fondo de Asistencia Social, máxime en momentos en que la pandemia y la parálisis económica hacen imprescindible una mejoría sustancial de la calidad del gasto público.
Ya varios senadores y diputados de AlPaís, PRM y Frente Amplio han renunciado públicamente a estos privilegios intolerables. Ahora es necesario que la opinión pública ejerza una presión militante y creciente para su eliminación total y definitiva.