Patinetas eléctricas: ¿a la espera de una tragedia?
La tecnología venció a las leyes, el dilema de fiscalizar los nuevos vehículos eléctricos

Navegan entre camiones, yipetas y camionetas. Delante del semáforo, compiten con las motocicletas.
Son similares a ellas en diseño, utilidad y la habilidad que requieren para conducirlas, pero, a diferencia de estas, no necesitan placa, matrícula, seguro ni licencia de conducir.
Estos frágiles vehículos son conducidos por personas que, por su ropa de oficina, parecen dirigirse a su trabajo.
Pero ellos no usan la acera ni la ciclovía, pues no la hay. Corren en medio del tránsito agresivo de la ciudad, a merced del cuidado de los conductores de vehículos más grandes que, en cualquier descuido, podrían aplastarlos.
En los barrios, a horas de la noche, se ven manadas de adolescentes andando en esos aparatos en plena vía. Encontraron en ellos la forma perfecta de desplazarse igual que en una motocicleta normal, pero sin sus requisitos legales.
Se trata de las patinetas eléctricas, unos aparatos que prometen volverse un problema para las autoridades, las cuales parecen esperar alguna tragedia o que la cosa se salga de control para actuar.
Ya llega al cielo la queja por la enorme cantidad de motocicletas en las calles y su aumento cada año y uno se pregunta si de verdad necesitamos agregar este nuevo ingrediente al caos del tránsito dominicano.
La facilidad con que se adquieren y su bajo costo combinan las condiciones para que estas motitas eléctricas creen la tormenta perfecta.
Los que andan en bicicletas saben el riesgo que corren en las calles dominicanas, por eso son pocos los que las usan.
Sin embargo, los conductores de patinetas, scooters y demás especies eléctricas se arriesgan entre vehículos de motor como iguales.
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) tiene una regulación sobre estos aparatos desde 2023. La Resolución Regulatoria 009-2023 establece que las patinetas eléctricas no deben superar los 20 kilómetros por hora y contempla multas de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado.
También encarga a la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) su fiscalización.
La propia resolución del Intrant reconoce el problema. Al justificar la regulación, señala que las patinetas eléctricas funcionan con aceleración simple, como otros vehículos motorizados, y que algunas pueden alcanzar velocidades que exceden los límites establecidos para los vehículos de motor.
Pero aquí aparece una contradicción que la regulación no parece resolver: ¿es suficiente ponerle un límite de velocidad a un aparato para que pueda compartir la vía con patanas, autobuses, yipetas y motocicletas?
Los 20 kilómetros por hora pueden parecer una velocidad prudente, pero para quien va parado sobre una pequeña plataforma, sin carrocería, sin cinturón y prácticamente sin protección, también pueden convertirse en una desventaja frente a vehículos que circulan mucho más rápido y que pesan cientos o miles de kilos más.
La regulación termina poniendo el énfasis en la velocidad del aparato, pero no necesariamente en la vulnerabilidad de quien lo conduce.
Entonces, ¿qué son exactamente en la práctica?
Las preguntas no son menores porque estos aparatos ya no están limitados a las ciclovías ni a un uso recreativo. Se han convertido en una alternativa de transporte que comparte las calles con vehículos de motor.
Si se van en rojo, ¿pueden los agentes de tránsito ponerles una multa? ¿A quién se la pondrán si no llevan licencia?
Si una patineta atropella a una persona, ¿cómo se determina la responsabilidad? ¿Y si choca contra un vehículo y le rompe un retrovisor o le causa daños?
Y si es un vehículo de motor el que atropella a una de esas patinetas, ¿será tratado como peatón, como ciclista o como otro conductor?
El problema, además, no se limita a las patinetas.
El Intrant ha tenido que salir a precisar que las motocicletas eléctricas que funcionan mediante acelerador y tienen características de vehículo de motor deben cumplir con los requisitos correspondientes, incluidos placa oficial, matrícula, seguro de responsabilidad civil y licencia de conducir.
El asunto parece sencillo, pero no lo es. La tecnología cambió más rápido que las reglas y, ahora que las calles están llenándose de estos aparatos, las autoridades tienen que decidir si basta con ponerles un límite de velocidad o si deben establecerse reglas que tomen en cuenta también qué son, por dónde pueden circular, quién puede conducirlos y qué protección debe tener quien los utiliza.

Balbiery Rosario