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La cesantía

Reforma laboral y pensiones, el dilema entre cesantía y futuro de los trabajadores

Lleva razón el sector empresarial cuando procura que se modifique el auxilio de cesantía en los términos que se encuentra en la actual legislación, pues es cierto que constituye un doble aporte que aumenta el costo laboral y obliga a hacer provisiones que dificultan mejorar las escalas salariales, empujan hacia la informalidad y limitan el emprendimiento y la competitividad. Lo que proponen tampoco es descabellado, no solicitan eliminar esa conquista y mucho menos afectar los derechos adquiridos, sino establecer límites al tiempo de protección y topes en los montos a pagar. 

Lo que sucede es que cualquier cambio en el código laboral que afecte esta figura debe necesariamente ir acompañado de modificaciones sustanciales al modelo de pensiones. Incorporado en el sistema de seguridad social con el fin de sustituir la cesantía, pero que hasta el momento no genera confianza en el asalariado.

Tras más de veinte años del inicio del régimen contributivo nos acercamos al momento que los primeros pensionados alcancen la edad y el mínimo de cotizaciones necesarios para acceder a una pensión por vejez, y la proyección de la tasa de reemplazo, que es el pago mensual que recibiría como porcentaje de su último salario cotizable, apenas se acerca al treinta por ciento. Por tanto, antes de hablar de eliminar, sustituir o colocar topes a la cesantía, eso hay que al menos duplicarlo.

Para alcanzar ese objetivo todos los planteamientos pasan por dos premisas esenciales. Una es aumentar los aportes mensuales y motivar las contribuciones voluntarias; la otra es aumentar los rendimientos de esos fondos, para lo cual es necesario aligerar regulaciones de forma que se amplie la oferta y se facilite la diversificación de esas inversiones.

En el primer aspecto la meta debería ser llegar a un quince por ciento del salario, un tres como aporte de los asalariados y un doce de los empleadores, con los empleados teniendo la posibilidad de destinar voluntariamente fondos adicionales, ya sea de sus salarios regulares o como parte de ingresos extraordinarios como regalías o bonificaciones.

Para alcanzar el segundo objetivo las Administradoras de Fondos de Pensiones podrían invertir en productos financieros de mayor rendimiento, aunque acarreen mayores riesgos. El sistema dominicano de pensiones es de capitalización individual, sin embargo al cotizante no se le orienta sobre opciones, por tanto no decide sobre el tipo de inversión y los retornos que espera obtener con esos fondos, razón por la cual tienen poco sentido de propiedad.

En consecuencia el sistema opera dentro de un ecosistema con mecanismos de interacción entre actores financieros. Intermediarios que obtiene mejores rendimientos y mayores beneficios que los dueños reales del dinero.

Más del noventa por ciento del proyecto de reforma del código laboral fue consensuado, y en sentido general la propuesta es buena y favorable al empleador. Pero hasta que no se revise el sistema de pensiones en el régimen de seguridad social, lo mejor es no ponerle la mano a la protección que ofrece el auxilio de cesantía. Tocar esa figura en las actuales condiciones constituiría un golpe a los trabajadores y un atentado a la paz laboral. 

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