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Asocivu deposita acciones judiciales para anular el decreto 420-23 sobre la importación de vehículos

La asociación indica que el decreto prohíbe la comercialización de vehículos coreanos, japoneses y los rebuilt de Estados Unidos

Aseguran que el documento fue publicado a discrecionalidad, sin las modificaciones que propuso el gremio

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Asocivu deposita acciones judiciales para anular el decreto 420-23 sobre la importación de vehículos
Miembros de Asocivu depositaron dos acciones legales contra el decreto 420-23. (DIARIO LIBRE/NEAL CRUZ)

La Asociación de Importadores de Vehículos Usados (Asocivu) depositó este jueves dos acciones judiciales en el Tribunal Superior Administrativo (TSA) en busca de la nulidad del decreto 420-23 que establece el Reglamento para el Registro Nacional de Vehículos de Motor y las licencias para los dealers y concesionarios por considerarlo contraproducente al desarrollo de la industria en el país.

De acuerdo con el presidente del gremio, Aramis Mella, el decreto pone en riesgo la importación de vehículos de fabricación coreana, japoneses y los rebuilt de Estados Unidos. Además, atenta contra el desarrollo de cientos de dealers que no pudieron adquirir sus licencias de comercialización por el vencimiento del plazo otorgado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), el 12 de marzo de este 2024.

"Es un decreto que cuando entre en vigencia, así como está, quedaríamos en la deriva, ya que con ese decreto estaríamos prohibiendo la importación de vehículos coreanos, japoneses y los rebuilt de Estados Unidos, afectando los negocios que generan 200,000 empleos formales e informales", expresó Mella previo a depositar los documentos legales:

  1. Una solicitud de adopción de medida cautelar, tendente a la suspensión de los efectos jurídicos inmediatos del decreto.
  2. Recurso contencioso administrativo que tiene que ver con la nulidad completa del decreto porque viola aspectos constitucionales y acuerdos internacionales.

Al externar su queja, la entidad precisó que el decreto contiene una prohibición de importación y circulación de vehículos con el guía invertido, pero, según los empresarios, hay una contradicción con la realidad del mercado.

"El concepto que se utilizó está errado y hay un juego semántico que, en el trasfondo, es para prohibir. La ley dice que está prohibido la importación de vehículos con el guía a la derecha. Los japoneses fabrican con el guía a la derecha", argumentó Félix Pujols, director ejecutivo de Asocivu.

En otro orden, explicó que el decreto prohíbe la importación de unidades con el guía invertido, lo que indica que, aunque vengan con el guía a la izquierda, si se importan los de fabricación japonesa no podrán ingresar al país.

Los empresarios aseguran que los vehículos de procedencia asiática, junto a las unidades reconstruidas de EE. UU. representan más de un 50 % de la oferta de vehículos usados. "El decreto afecta también a la población que no tiene los recursos para pagar un vehículo nuevo", agregó Pujols.

El documento de solicitud legal va dirigido también a la Administración Pública que dictó el decreto 420-23 de fecha 18 de septiembre de 2023 y contra la DGII, en su calidad de autoridad convocante y ente administrativo que ostenta la administración del Registro Nacional de Vehículos de Motor, así como la competencia exclusiva para la expedición de la licencia de concesionario, distribuidor o vendedor de vehículos de motor y remolques.

El gremio asegura que se reunió con las autoridades pertinentes para realizar sus observaciones al borrador que, según detallan, contaba con un 50 % de observaciones técnicas y jurídicas, comentarios y observaciones. Para ese momento, dicen que las autoridades de la DGII realizarían la verificación para modificar el borrador antes de la promulgación del decreto.

El decreto aparece publicado 

La Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo tiene la publicación del decreto 420-23 en fecha 18 de septiembre del 2023, con una disposición final que indica que los importadores, concesionarios, distribuidores y vendedores autorizados de vehículos de motor y remolques que al momento de entrada en vigor del reglamento se encuentren en operación, contarán con un plazo de 120 días hábiles a partir de la promulgación para solicitar a la DGIl la licencia.

Sin embargo, los empresarios aseguran que solo un 13 % logró realizar el proceso y desconocen la fecha en la que "legalmente"entró en vigencia el documento.

  • De acuerdo con la DGII, el plazo para solicitar uno de los tres tipos de licencias se venció el 12 de marzo de este 2024.
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Periodista dominicana especializada en economía y finanzas, egresada de la Universidad Dominicana O&M.