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ley 57-23
ley 57-23

Consideran positiva la nueva ley de aviación, pero no llena todas las expectativas fiscales

Pacheco y Chahín insisten con que carga fiscal limita el potencial de aerolíneas locales

La Cámara de Producción y Comercio desarrolló un panel para debatir la ley

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Consideran positiva la nueva ley de aviación, pero no llena todas las expectativas fiscales
El presidente, Luis Abinader, promulgó la Ley 57-23 el 7 de octubre. Ahora falta la publicación de su reglamento. (ARCHIVO)

La nueva Ley 57-23, que crea un régimen de incentivos fiscales a la aviación civil comercial, nacional e internacional, tendrá un impacto en la economía y el comercio del país, lo que podría generar 50,000 empleos directos e indirectos en los próximos cinco años. 

Sin embargo, algunos actores del sector consideran que la pieza no cumple las expectativas para que las aerolíneas locales puedan competir con las extranjeras que ofrecen sus servicios territorio local.

Ayer, la Cámara de Comercio de Santo Domingo realizó un panel con actores del sector para debatir sobre la pieza legislativa, en el que destacaron aspectos positivos de la nueva normativa y su impacto en las empresas aeronáuticas.

De acuerdo con el presidente y fundador de la aerolínea dominicana de bajo costo Arajet, Víctor Pacheco, con la ley se genera un entorno de bienestar para el país a raíz del estímulo para la aviación, pero observó que persiste alta carga fiscal ante sus contrapartes internacionales.

Omar Chahín, presidente de la Asociación Dominicana de Líneas Aéreas (ADLA), dijo el lunes a Diario Libre que la ley  no responde a las expectativas de las aerolíneas dominicanas como tampoco la reciente Norma 07-2023 de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

"Tanto la norma, como la ley citada, no crean el marco fiscal que hemos venido reclamando por años para poder competir en igualdad de condiciones con las líneas aéreas internacionales que sí reciben incentivos de sus Estados", expresó. Insistió con que, bajo el régimen fiscal recientemente aprobado, el país no está en condiciones óptimas para firmar un tratado de cielos abiertos con los Estados Unidos

Mientras, Pacheco realizó una presentación sobre el tema, citando al menos seis elementos que se potenciarán con el documento que dicta el beneficio fiscal para las empresas: competitividad, estímulo de la aviación y el tráfico, mejores beneficios económicos, más empleos formales y el desarrollo de nuevos talentos locales.

Sus efectos en el turismo

Para el expresidente de la Asociación Nacional de Hoteles y Turismo de República Dominicana (Asonahores), Enrique de Marchena, el sector turístico ve con "buenos ojos" la nueva ley de incentivo a la aviación porque abrirá la brecha de frecuencias de vuelos con destino al país, lo que se traduce en más turistas. 

Detalló que es una oportunidad para abrir nuevos destinos para viajar que no sean únicamente hacia el continente americano.

Los cinco incentivos de la ley

La ley, promulgada el 7 de octubre, establece cinco incentivos fiscales:

  • Exención total de la retención del impuesto por concepto de pagos de rentas al exterior por arrendamiento de aeronaves o motores de aeronaves y los servicios de mantenimiento y reparación de aeronaves; las partes del motor y otras piezas de aeronaves.
  • Exención de solo el 5 % del impuesto por concepto de pagos al exterior por entrenamientos y capacitaciones al personal de tripulación por parte de no residentes; uso y mantenimiento de programas informáticos y software relacionados a la operación de la aeronave y por el seguro de la aeronave.
  • Exención del pago del Itbis en la venta de vuelos completos por parte de empresas operadoras dominicanas a empresas en el exterior (fletamento), siempre y cuando se trate de vuelos originados en el extranjero con destino a República Dominicana.
  • Exención del pago de Arancel y del Itbis sobre la importación de naves y aeronaves de las subpartidas 8802.30.00 correspondiente a aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 2,000 kg, pero inferior o igual a 15,000 kg, y la subpartida 8802.40.00 correspondiente a aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 15,000 kg.
  • Exención del pago del Impuesto sobre los Activos declarados en la DDGII.

También se contempla la exención del pago de Arancel y del Itbis sobre la importación de naves y aeronaves, y la exención del pago del impuesto sobre los activos declarados en la DGII.

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El expresidente de Asonahores, Enrique de Marchena; el director del IDAC, Héctor Porcella; la presidenta de la Cámara de Comercio, Lucile Houellemont; el presidente de Arajet; Víctor Pacheco, y la subdirectora de Gestión de Cumplimiento de la DGII, Ricela Sprauss. (FUENTE EXTERNA)

Ley pone plazo de cinco y 15 años

Pacheco insistió con que "no se trata de incentivos, sino de un tema de competitividad, de crear las condiciones para que quieran invertir en la aviación de República Dominicana". Expresó que, pasado el plazo para los incentivos aprobados, las aerolíneas locales volverán a perder poder de competitividad

Antes de la ley las aerolíneas locales tenían que pagar un 27 % de impuestos sobre la renta (ISR), más un 1 % de impuestos sobre los activos, pero las extranjeras no pagan ninguno de estos impuestos, señaló.

En lo adelante, cuando se apruebe el reglamento de aplicación de la ley, se mantiene la carga fiscal del ISR y se eliminará por un plazo de cinco años el impuesto sobre los activos.

TEMAS -

Periodista dominicana especializada en economía y finanzas, egresada de la Universidad Dominicana O&M.