Resoluciones sobre salario mínimo de la construcción incluyen penalidades
Los trabajadores podrán acordar el pago adicional de los trabajos según el nivel y la complejidad de la zona
Los empleadores deben asegurar la disponibilidad de los materiales y pagar traslado y estadía, cuando sea fuera de su zona habitual
A partir de este mes, los trabajadores de la construcción recibirán un aumento del 12 % en sus salarios, con un incremento adicional del 8 % programado para 2025.
Las nuevas resoluciones del Comité Nacional de Salarios (CNS) no solo detallan estas mejoras salariales, sino también pagos adicionales por trabajos a distancia, carga de materiales y penalidades por trabajos incompletos.
El 15 de mayo de este año, el CNS aprobó las siete resoluciones que establecen un aumento salarial del 20 % para los trabajadores del sector construcción y áreas afines, incluyendo plomeros, electricistas, pintores y carpinteros. El incremento será retroactivo a partir del 1 de mayo de 2024.
- Con estas disposiciones, los costos de mano de obra habrán aumentado aproximadamente un 48 % en tres años, considerando el ajuste salarial del 21 % que se realizó durante el 2022.
Antes del 2022, los maestros constructores y otros profesionales que lideran el trabajo ganaban 1,977 pesos por una jornada laboral de ocho horas. Con el nuevo ajuste, a partir de mayo, este salario se incrementará a 2,745.66 pesos y alcanzará los 2,941.78 pesos en el 2025.
Debido a la complejidad de los trabajos de la construcción y los demás oficios que complementan las edificaciones, el CNS especificó los casos en que el salario de estos profesionales podría variar por los niveles de la estructura, las características de la obra, materiales a utilizar y cambio de zona de construcción, entre otras.
Resoluciones específicas por oficio:
- CNS-03-2024, sobre trabajadores de la construcción y sus afines, detalla el tarifario actual, en el que quedan excluidos los maestros generales de las obras.
- CNS-04-2024, sobre el salario de los varilleros a destajo en la construcción, especifica un aumento del costo por subir las varillas a los niveles de la edificación que va del 10 % para segundo piso hasta un 30 % por sexto piso o superior. Asimismo, dice que cuando un trabajador deba trasladarse a más de 30 kilómetros de la ciudad se le debe paga un 25 % como mínimo más que su tarifa de trabajo.
- CNS-05-2024, sobre albañiles a destajo en el área de la construcción, habla sobre los trabajos de empañete de paredes y plafones, en la que calcula la mano de obra por fraguache con escoba -aplicación de la base de cemento y arena para el empañete- en 32.74 pesos por metro cuadrado (m²) y el pañete pulido sin color en 238.27 pesos por m².
- CNS-06-2024, sobre los plomeros a destajo, explica que el maestro es responsable de toda la obra sanitaria, por lo que será el responsable de reembolsar al ingeniero si el trabajo queda incorrecto. En caso de que el plomero deba trasladarse fuera de su domicilio, el contratista, ingeniero o propietario de la obra debe cubrir los gastos en alojamiento y transporte.
- CNS-07-2024, sobre los carpinteros a destajo, resuelve que cuando el trabajo no cumpla con las especificaciones por descuido del trabajador y sea necesario demolerlo, el mismo tendrá que resarcir al ingeniero el importe del material y no recibirá pago por lo realizado. Mientras que el empleador está obligado a entregar los materiales a menos de 10 metros horizontales de la obra.
- CNS-08-2024, sobre salario mínimo para los electricistas a destajo, fija el pago de una cuota mínima de 230.23 pesos por la visita de cada electricista a domicilio, haya efectuado el trabajo o no. Aplica para todos los trabajadores del renglón, sean fijos o móviles, dependientes de contratistas o independientes.
- CNS-09-2024, sobre los pintores a destajo, apunta como necesario que los pagos por trabajos de pintura a realizarse de un segundo piso en adelante sean pactados previamente entre las partes en función de la altura y complejidad del espacio. Cuando el trabajo quede incorrecto por el contratista, este debe pagar un 50 % del precio acordado por deshacerlo.
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