Proyecto de Ley de Teatro va la comisión de Cultura de la Cámara de Diputados
En el reciente Día Mundial del Teatro el diputado José Horacio depositó un proyecto de ley en apoyo al teatro dominicano
El Proyecto de Ley Nacional de Teatro de la República Dominicana, iniciativa del diputado José Horacio Rodríguez, fue enviado a la comisión de Cultura de la Cámara de Diputados para estudiar la iniciativa, según se informó este martes.
Esta comisión deberá rendir un informe sobre la pieza legislativa.
El pasado 27 de marzo, Día Mundial del Teatro, el diputado José Horacio Rodríguez por Opción Democrática, dio a conocer que depositó ante la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley Nacional de Teatro de la República Dominicana, que busca darle un respaldo institucional a la actividad teatral en el país enfocado en el desarrollo de esta rama de las artes escénicas por considerar que es un deber del Estado garantizar la actividad teatral, su funcionalidad y eficacia como industria cultural y creativa de gran impacto económico, social y educativo.
Rodríguez indicó que este proyecto nace de la propuesta hecha por parte de la Unión Dominicana de Artista de la Actuación (UDAA) y el Sindicato de Teatristas de la República Dominicana, a la cual como parte de su "compromiso con el sector del arte y la cultura en el país está interesando promoverlo e impulsarlo".
Dijo que como legislador del Distrito Nacional se compromete a trabajar por esta Ley de Teatro, con la finalidad de beneficiar a los gestores culturales, actores, directores, dueños de espacios y al público en general que busca entretenerse y educarse con el arte dramático.
¿Qué contempla la Ley del Teatro?
De acuerdo con el documento al que tuvo acceso Diario Libre, que consta de 21 páginas y fue recibido en el despacho del presidente de la Cámara de Diputados Alfredo Pacheco Osoria el pasado 24 de marzo, refiere en el Considerando Primero que la Constitución de la República Dominicana en su artículo 64 sobre el derecho a la cultura dispone que "Toda persona tiene derecho a participar y actuar con libertad y sin censura a la vida cultural de la nación, al pleno acceso y disfrute de los bienes y servicios culturales, de los avances científicos y de la producción artística y literaria".
De modo que en el capítulo I de los principios generales, así como ámbito de aplicación y definiciones de la ley, en la sección I se establece que la ley tendrá por objeto propiciar un desarrollo progresivo, integral, sostenible y equitativo del teatro nacional, "así como el logro de la dignificación y formalización de la profesión teatral y de la protección de los derechos culturales de toda la población".
Contemplará la inversión del Estado a través de las instituciones del gobierno central y municipal, el fomento de la creación de obras teatrales, además del impulso de políticas públicas que favorezcan la dramaturgia nacional.
Por igual la creación de medidas que protejan y favorezcan la conservación del patrimonio teatral y la protección de la dignidad laboral de los profesionales del teatro.
Otro punto importante es al estímulo y la creación teatral independiente a través de diversos fondos y programas estatales y la creación de la Dirección General de Teatro (DGTeatro) como "organismo rector de la actividad teatral, así como el Fondo Nacional de Promoción Teatral (FonTeatro).
También el proyecto de ley establece la creación de un marco legal que sustente un régimen de incentivo fiscal para personas físicas y jurídicas que estimulen, orienten o inviertan económicamente en actividades relacionadas con el arte teatral.
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