TSE se reserva fallo sobre demanda de inclusión de candidatos en debate electoral

El tribunal se dispone a dictar sentencia sobre este expediente en los próximos días

El TSE se reservó este viernes el fallo de la demanda en solicitud de inclusión de los candidatos presidenciales faltantantes en debate electoral. (Fuente externa)

El Tribunal Superior Electoral (TSE) se reservó este viernes el fallo de la demanda en solicitud de inclusión de los candidatos presidenciales faltantes en el debate electoral organizado por la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE), presentada por la Federación Nacional de Transporte Social Cristiana (Fenatransc), el Movimiento Político La Expansión y su representante legal, José Nicasio Díaz Guzmán, por alegada violación a varios artículos de la Constitución de la República.

El tribunal informó que la decisión será comunicada a las partes vía Secretaría. Previo al conocimiento del fondo, los integrantes del TSE: Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, rechazaron la solicitud de aplazamiento del conocimiento del proceso, presentada por la parte demandante, porque la misma tuvo tiempo suficiente para regularizar la demanda en intervención forzosa y no lo hizo.

Respecto a la intervención voluntaria, el interviniente no solo no compareció, sino que dicha intervención no fue regularmente incoada.

De igual manera, la Alta Corte rechazó la solicitud formulada por la parte demandada de recalificar la demanda para ser conocida como acción de amparo. El Tribunal se basó en que, en principio, las acciones jurisdiccionales deben ser conocidas por los tribunales de conformidad con la naturaleza jurídica que le haya asignado la parte demandante, salvo casos excepcionales y justificados.

 

La Alta Corte excluyó del proceso a la Junta Central Electoral, por no hacerse ninguna solicitud en su contra, por lo que se autorizó a sus representantes legales a descender de estrado. De igual forma, excluyó al Partido Fuerza del Pueblo y a su candidato presidencial, Leonel Fernández Reyna, tal y como lo planteó la parte demandante en la reformulación de su demanda original, por lo que también se autorizó a los abogados postulantes a bajar de estrado. Con esta decisión, queda despejado el camino para que dicho candidato presidencial participe en el referido debate.

Lo que piden los demandantes

A través de su abogado, Carlos Manuel Mesa, solicitaron al tribunal, los demandantes, en cuanto al fondo, piden al TSE acoger la demanda en todas sus partes y ordenar a la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) incluir en la convocatoria al debate electoral a efectuarse el 24 de abril del 2024 a los candidatos presidenciales de todas las organizaciones políticas que participarán en el nivel presidencial.

Hasta ahora, el debate de la ANJE se hará con los candidatos presidenciales de los partidos que obtuvieron al menos el 5 % de los votos de las elecciones presidenciales de 2020: Luis Abinader (PRM), Abel Martínez (PLD) y Leonel Fernández (Fuerza del Pueblo).

El Tribunal se dispone a dictar sentencia sobre este expediente en los próximos días dentro del plazo legal establecido para ello.

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