Vestimenta, rolos, celulares, menores: lo que se permitirá y lo que no durante las votaciones
La Junta Central Electoral y la Policía Militar Electoral han elaborado una serie de normativas para el transcurso de las elecciones desde el viernes 17 hasta el domingo 19 de mayo
Con las elecciones del 19 de mayo al caer, la Junta Central Electoral y el jefe de la Policía Militar Electoral, el mayor general Juan José Otaño Jiménez, han publicado una lista con las normativas para los días viernes 17, sábado 18 y domingo 19 de mayo, a propósito de la celebración de las elecciones presidenciales y congresuales.
Viernes 17 y sábado 18 de mayo
Durante estas dos jornadas de preparativos finales, está permitido el acceso a los recintos electorales, donde funcionarán los colegios electorales, para el proceso de recibimiento e instalación de equipos de escaneo, digitalización y transmisión de Resultados Electorales y de de las valijas del Kit Electoral, además de brindarles apoyo y colaboración, a:
- Presidentes y Secretarios de Colegios Electorales
- Delegados Políticos y sus suplentes
- Delegados de Recintos
- Técnicos
- Facilitadores
- Supervisores
- Gestores Inclusivos
- Prensa
- Medios de Comunicación
- Observadores Nacionales e internacionales, y los invitados por Partidos Políticos
- Funcionarios de la Junta Electoral de la Demarcación, así como cualquier otro funcionario de la Junta Central Electoral debidamente acreditado
Además, durante estos dos días, también se permitirá el uso de celulares o cualquier otro dispositivo para grabar o tomar fotografías.
Domingo 19 de mayo, día de las elecciones
Durante la jornada de votaciones, no se permite hacer fotografías ni grabar, ni hacerse selfies, dentro de los Colegios Electorales, ni fotografiar las boletas ni el voto.
No se permite obstaculizar las entradas y el perímetro delimitado frente a cada recinto con vehículos de cualquier tipo. De está manera, se asegura que la ciudadanía pueda acudir con normalidad a ejercer su derecho a voto.
No está permitido el proselitismo electoral de personas con gorras, gafetes (baberos) o cualquier otro elemento de promoción o activismo político en el perímetro delimitado por la cinta de seguridad frente al Recinto Electoral, dentro del Recinto Electoral y en el Colegio Electoral.
Además, hay que mantener el orden en las puertas de los Recintos Electorales, sin que esto interfiera el acceso fluido de los votantes.
Se prohíbe el uso de armas de cualquier tipo en los Recintos Electorales, exceptuando a quienes ejerzan labores de seguridad del presidente y vicepresidente de la República, así como los ex presidentes y ex vicepresidentes de la República.
No se permite a los partidos políticos, candidatos, su militancia y/o simpatizantes la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral en el perímetro del recinto electoral o dentro de estos. En ese caso, sólo están permitidas las carpas de la JCE dentro de los recintos para fines de mesas auxiliares, funcionamiento de colegios electorales y la Cruz Roja Dominicana.
Por otro lado, se permite la entrada a los coordinadores de recintos, quienes están pautados para llegar antes o partir de las 05:00 AM, así como a:
- Miembros de Colegios Electorales
- Delegados políticos y sus suplentes
- Delegados de recintos
- Técnicos
- Facilitadores
- Supervisores
- Gestores inclusivos
- Prensa
- Medios de comunicación
- Observadores nacionales e internacionales
- Observadores invitados por partidos políticos
- Funcionarios de la Junta Electoral de la Demarcación, así como cualquier otro funcionario de la Junta Central Electoral debidamente acreditado, quienes están pautados a llegar antes o partir de las 06:00 de la mañana.
Éste permiso de entrada a los recintos electorales y colegios, estará permitido hasta la conclusión de la jornada electoral.
En el caso de las personas electoras, su acceso se podrá permitir a partir de las 7:00 am, aunque no estén abiertos los colegios electorales que funcionen dentro de cada recinto.
En ese caso, las filas deben formarse dentro del recinto electoral, en la puerta de cada Colegio Electoral. No estará permitido organizarse fuera del recinto, salvo aquellos casos en el que el poco espacio físico lo impida.
Los y las votantes que, en su condición de padre, madre o tutor, por razones atendibles como no tener con quien dejar la guarda de los menores para ir a votar, deberán ser dejados entrar con estos menores al Recinto o Colegio Electoral y así facilitar y garantizar su derecho al voto.
Se permite cualquier tipo de vestimenta, salvo en caso de propaganda política que promueva algún candidato o partido político. Es decir, las personas podrán llevar pantalones cortos, bermudas, franelas, chancletas, tubis, rolos o redecillas, siempre y cuando estas no hagan alusión a propaganda política.
Aunque antes se había mencionado la prohibición de tomar fotografías, selfies y grabaciones dentro del recinto, sí que se permite que los ciudadanos porten celulares.
Asimismo, se deberá colaborar con el coordinador de recinto y los delegados de recinto para el correcto desenvolviendo de la jornada electoral.
Se coordinará con presidentes y segundos vocales de los colegios electorales, coordinadores y facilitadores de los recintos la organización de las filas dentro del recinto, por lo que se ha pedido colaboración con los mismos.
Por norma, habrá que asistir al presidente del colegio electoral cuando fuere necesario para la seguridad y desarrollo, además de garantizar el trabajo coordinado con los delegados políticos y sus suplentes dentro del Colegio Electoral.
Se deberá:
- Facilitar las labores realizadas por los gestores inclusivos en el desarrollo de las iniciativas del programa de Voto Accesible, tales como Voto con Plantilla, Centro de Relevo y las Mesas Auxiliares.
- Permitir la entrada al recinto electoral al Observador de Escrutinio acreditado, para que una vez haya sido declarada cerrada la votación y abierta la fase de escrutinio, puedan ingresar al Colegio Electoral correspondiente.
- Permitir la entrada al recinto electoral una vez concluida la votación y cerradas las puertas a las 05:00 P.M, sin importar la hora, de la Prensa, Medios de Comunicación, Observadores Nacionales, Observadores Internacionales, Observadores invitados por Partidos Políticos, Funcionario de la Junta Electoral de la demarcación, así como cualquier otro funcionario de la Junta Central Electoral debidamente acreditado.
Por último, a partir de las 5:00 m, después del cierre de votación, se permite filmar el proceso de escrutinio de resultados, además de garantizar la cadena de custodia de los equipos y materiales electorales.
Todas estas normas han sido elaboradas por la Junta Electoral y la Policía Militar Electoral para el buen transcurso de las elecciones de este fin de semana.
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