JCE realiza desempate entre el PRM y FP por vocalía de Juan de Herrera en San Juan
Candidata de la Fuerza del Pueblo resultó ganadora
A casi dos meses de las elecciones municipales la Junta Central Electoral (JCE) continúa realizando desempates entre los candidatos de las organizaciones políticas.
La JCE conoció este pasado lunes el desempate que existía entre el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Fuerza del Pueblo en el nivel de vocalías del municipio de Juan de Herrera en San Juan de la Maguana.
Este proceso dio como ganadora a Dayana Aquino de la Fuerza del Pueblo frente al candidato del PRM.
El proceso para desempatar el tercer escaño en la sección de Jínova en Juan De Herrera fue realizado en presencia de los miembros del Pleno del organismo electoral.
El director de Elecciones de la JCE, Mario Núñez, supervisó el proceso donde se realizó el desempate conforme a lo establecido en la ley de Régimen Electoral.
De acuerdo a lo explicado por los representantes de ambos partidos políticos tras la revisión de unos votos nulos y que el procedimiento llevado a cabo no fue el correcto se procedió a realizar el desempate entre los candidatos a vocales de ambas organizaciones.
El artículo 299 de la ley 20-23 de Régimen Electoral sobre resolución de empate, señalan que cuando más candidatos a un cargo obtengan el mismo número de votos este empate se resolverá por la "suerte".
El proceso se lleva a cabo de la manera siguiente: se inscribirán en tarjetas distintas los nombres de los candidatos empatados y ha seguido el presidente de la Junta Electoral correspondiente, en presencia de los miembros de ésta y de los representantes de los partidos que hubieren sustentado candidaturas, pero no del secretario, colocará una de las tarjetas dentro de un sobre blanco que cerrará.
Los sobres como las tarjetas serán de clase, forma y aspecto iguales.
“Acto continuo, el presidente colocará los sobres así dispuestos dentro de un receptáculo, y cada uno de los vocales de la junta, sucesivamente, a la vista del presidente, pero no de los demás vocales, revolverá dichos sobres dentro del receptáculo y enseguida, el secretario, en presencia de la junta, sacará un sobre, y el nombre que éste contenga, y que será leído de inmediato en alta voz por el presidente de la junta, será el candidato elegido”, es lo que establece la ley de Régimen Electoral.
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