Vacíos en propuesta de reforma al Ministerio Público inquieta a los actores del sistema
Abogado señala varias "indefiniciones" que deben ser aclaradas en un nuevo texto
Los cambios que el Poder Ejecutivo quiere hacer en torno al Ministerio Público tienen, a la fecha, más de un punto gris que inquietan a los actores del sistema judicial.
Por un lado, la indefinición de cuándo entraría en vigencia la nueva forma de designación del Procurador General, propuesta en el borrador del proyecto de reforma a la Constitución, ya empieza a levantar voces sobre si debe extenderse o no la presente gestión de la Procuradora Miriam Germán hasta que entren en vigencia los cambios.
Por otro lado, la idea de excluir de la Constitución al Consejo Superior del Ministerio Público, como han entendido algunos fiscales, los ha llevado a salir a la calle a denunciar lo que entienden sería un atentado a la independencia del órgano persecutor. Por lo pronto, el Ejecutivo salió ayer a explicar que tal exclusión no se ha planteado.
Los plazos
En el borrador para la reforma a la Constitución se plantea que el Procurador General de la República será designado para cada período constitucional y con carácter de inamovilidad durante este, salvo por aplicación de juicio político. Con la nueva forma, el Procurador sería designado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a propuesta del Presidente de la República, “de conformidad con la ley”.
Pero la propuesta de reforma no indica a partir de cuándo iniciaría dicho periodo, sembrando dudas sobre si sus efectos se materializarán en la gestión de gobierno que encabezará el presidente Luis Abinader a partir del próximo 16 de agosto. Ayer, el mandatario dijo que le pedirá formalmente a la procuradora que se quede un tiempo más en sus funciones hasta que pase la reforma -quizás un mes o mes y medio después del día 16-.
Esto, además, porque, el documento presentado a la sociedad sugiere un plazo máximo de cuatro años para que sean elaboradas, adecuadas y aprobadas “todas las leyes requeridas en virtud de esta reforma constitucional o que se encuentren pendientes en virtud de cualquier reforma constitucional anterior”.
El jurista Cándido Simón Polanco entiende que esos aspectos, y otros que cita como imprecisiones, motivan a que el borrador de la reforma sea modificado.
Dice que se tiene que especificar un plazo, como ha ocurrido con otros órganos de justicia, para iniciar con la nueva forma de elección del procurador y, mientras, que el presidente, conforme la Constitución vigente, seleccione a la persona que ocupará ese cargo hasta la fecha que se indique.
Otro punto que debe quedar especificado es que el presidente no vote en la elección del procurador, que solo presente una terna, la que deberá ser escogida mediante concurso de oposición.
Simón considera que también debería modificarse aquello de que los demás procuradores serían designados conforme a la Ley, pues la ley actual faculta al mandatario a designar siete de los 14 procuradores adjuntos, acto que, asegura el abogado, generaría un conflicto de interés en el sistema.
Con la propuesta del Ejecutivo para modificar la Constitución se cambiaría el texto del artículo 174 que define al Consejo Superior del Ministerio Público como el órgano de gobierno interno del Ministerio Público y dicta quiénes serían sus cinco integrantes.El texto alterno se limita a indicar que la ley definirá el funcionamiento y organización del Consejo como órgano de gobierno interno. La exclusión del cuerpo principal del artículo para relegarlo al contenido de su párrafo, es lo que los fiscales consideran un retroceso para la independencia y autonomía del Ministerio Público. Así lo ha expresado la Asociación de Fiscales Dominicanos (Fiscaldom) y la Asociación Dominicana de Fiscales de Carreras. “No es cierto que se está eliminando de la Constitución el Consejo del Ministerio Público, eso es un invento”, dijo el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta. Señaló que lo que se busca es que “si en algún momento se quiera modificar el Consejo no tengan que modificarse la Constitución” para ello.
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