SCJ anula sentencia que ordena pago millonario a particulares por terrenos de Sierra de Bahoruco
El caso fue enviado para un nuevo análisis a la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) anuló una sentencia emitida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA), que favorecía con una indemnización millonaria a particulares que aseguran ser propietarios del 70 % del Parque Nacional Sierra de Bahoruco.
El fallo anulado por la SCJ es el número 0030-02-2023-SSEN-00343, dictado en junio de 2023 por el TSA y que ordenaba al Estado el pago de 676 millones de pesos a la empresa DC International, SRL., representada por Tomás Dantés Castillo.
El caso fue enviado para un nuevo análisis a la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia del TSA establece que los reclamantes alegaban que un terreno de su propiedad (16.9 millones de metros cuadrados) había sido afectado tras su inclusión en un área protegida mediante el decreto 1315 de 1983, que declara el Parque Nacional Sierra de Bahoruco.
Tras la decisión del TSA, el Ministerio de Medio Ambiente recurrió en casación ante la SCJ y presentó una demanda en suspensión de ejecución, con el objetivo de “evitar que se lesione el patrimonio de todos los dominicanos”.
En su recurso de casación a la sentencia del TSA, Medio Ambiente argumentó errores en la interpretación de leyes, como la falta de una expropiación formal y la naturaleza inalienable de las áreas protegidas según la Constitución y la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04).
Sobre la sentencia de 2023
En su decisión, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) identificó que la sentencia inicial del TSA no evaluó adecuadamente dos aspectos: el primero, si la declaración del área protegida restringió todos los atributos del derecho de propiedad de DC International y Tomás Dantés Castillo.
Detalla que, al emitir la sentencia de 2023, los jueces llegaron a una conclusión “sin someter al debido análisis el alcance concreto de la afectación, limitación o restricción que al derecho de propiedad fue sometido, ello en vista de que la mera inclusión de un terreno dentro de un área protegida no significa pérdida coactiva del derecho de propiedad, tal y como sucede en los casos de expropiación”.
Un segundo aspecto que no se evaluó debidamente, según el tribunal, fue la dimensión social del derecho de propiedad a la vista de la Constitución, que permite ciertas limitaciones legítimas sin compensación.
Una fuente que trabajó el caso manifestó que esta decisión “será decisiva y crucial para que todas las demás acciones (litis) que están en el TSA corran la misma suerte, ya que la SCJ habló”.
Recientemente, el Ministerio de Medio Ambiente informó que registra 16 litigios vinculados a parcelas del área protegida (3250, 3866, 4213 y 3250), ubicadas en el municipio Duvergé, provincia Independencia.
El caso se conoció a principios de año, cuando organizaciones ambientales advirtieron sobre un nuevo y "alarmante" mecanismo de enriquecimiento ilícito que amenaza los recursos naturales de la República Dominicana. En ese sentido, la Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas denunció posibles fraudes millonarios al Estado relacionados con demandas de indemnizaciones que abarcan casi el 70 % del Parque Nacional Sierra de Bahoruco.
Posturas de ambientalistas
Para Nelson Bautista, del colectivo Acción Verde, la decisión de la Suprema Corte de Justicia “arroja una ventana de esperanza para que situaciones como esta, que ponen en entredicho la seguridad jurídica del país, y ponen en jaque, la estabilidad misma del sistema de áreas protegidas, pues encuentren en la justicia, una manera de aclarar con el debido criterio, quién tiene la razón”
Recordó que la Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas “ha cuestionado las formas en las que se obtuvieron esas sentencias, con mucha rapidez y vulnerando algunos procesos que a nosotros nos parecen vitales para la transparencia”.
“Estamos cuestionando el fondo de la solicitud, toda vez que este parque nacional no había sido objeto de este tipo de demandas anteriormente”, indicó.
A raíz de la decisión de la Suprema Corte de Justicia, Diario Libre intentó conseguir una declaración de los representantes de DC International, SRL, sin éxito.
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