Subir los impuestos al ahorro impactaría las tasas de interés, plantean banqueros en vistas públicas
La ABA fijó su posición contra el artículo 11 de la reforma fiscal y aboga porque no se grave el ahorro
De aumentarse el impuesto de 10 % a 27 % sobre los ahorros de las personas físicas en el país, se generaría un entorno de migración de capital, aumento de las tasas de interés y fomentaría la informalidad, debido a que el ahorro es la fuente de recursos primaria de los bancos.
El planteamiento lo realizó Julio Lozano, director de Estudios Económicos de la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA), durante su exposición en la vista pública que se desarrolla hoy en el Congreso Nacional para abordar la propuesta de “Modernización Fiscal” que presentó el Gobierno.
“Esto tendría consecuencias negativas, ya que promovería la sustitución del ahorro formal —el que se realiza dentro del sistema financiero formal— por ahorro informal. Parte de ese ahorro podría trasladarse a la moneda extranjera, lo que estrecharía aún más la base de ahorro del país”, explicó el ejecutivo a los diputados.
Además, resaltó que dicha medida impactaría en la estabilidad del peso dominicano, lo que preocupa al sector. “El sistema financiero dominicano ya es pequeño y no satisface completamente las necesidades de inversión y consumo de la población”, agregó.
Para poner esto en perspectiva, señaló que el promedio de los depósitos en relación con el producto interno bruto (PIB) en América Latina es del 50 %, mientras que el país es de apenas del 27 %, es decir, casi la mitad. “Con este impuesto, el ahorro se reduciría aún más, lo que limitaría la disponibilidad de fondos y resultaría en un aumento de las tasas de interés”, dijo.
“Abogamos por el crecimiento del ahorro, el crecimiento del crédito, de una mayor digitalización de los servicios financieros y entendemos que este proyecto no va en ese sentido”, aseguró.
La ABA amplió su posición en un comunicado
En un documento de prensa, la ABA amplió sus consideraciones e indicó que el sistema financiero es el catalizador que transforma el ahorro en consumo e inversión de los hogares y los sectores productivos.
“Contrario a que se elimine el impuesto al ahorro, se pretende modificar el esquema actual de retención del 10 % como pago definitivo y se propone que sea un pago a cuenta, integrándose al Impuesto Sobre la Renta (ISR), a la tasa marginal máxima del 27 % a las personas físicas”, cuestionó el gremio.
Expuso que, si el proyecto es aprobado en esta forma se promovería el ahorro informal, fuera de las instituciones financieras reguladas, o que parte de esos recursos se trasladen fuera del país, lo que tendría consecuencias sobre la estabilidad del peso dominicano, la estabilidad macroeconómica y el desarrollo económico del país.
“Si queremos mayor bancarización e inclusión financiera, el discurso debería focalizarse en incentivar la cultura del ahorro y facilitar la fiscalidad con los pagos digitales”, sostuvo la asociación bancaria.
La ABA expresó que los sistemas financieros en todo el mundo juegan un papel fundamental para lograr el desarrollo económico de las naciones.
Indicó que hay una relación directa entre el acceso de los dominicanos a los servicios financieros, porque está comprobado que un mayor acceso a los servicios bancarios está relacionado con un menor nivel de pobreza en todos los países del mundo.
Durante su comparecencia en el Congreso, Lozano expuso que el ahorro no debería ser gravado, sino fomentado por lo que, el escenario ideal en una economía como la dominicana sería: "Eliminar el artículo 306 del Código Tributario y, si esto no es posible, lo prudente es descartar el artículo 11 del nuevo proyecto de reforma fiscal, con el que se castiga de manera severa la base de ahorro con la que actualmente cuenta la República Dominicana”.
Artículo 306 Bis. Intereses pagados o acreditados a personas físicas residentes. Quienes paguen o acrediten intereses a personas físicas residentes o domiciliadas en el país deberán retener e ingresar a la Administración Tributaria, como pago único y definitivo, el 10 % de ese monto, dice el Código Tributario.
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