La República Dominicana se unirá a la tendencia global del IVA, si el Itbis pasa a llamarse así

En la región, solo algunos casos aislados mantienen una identificación distinta para este impuesto

En República Dominicana, el Itbis es del 18 % del valor del producto o servicio adquirido. (Fuente Externa)

Si se aprueba la propuesta del gobierno en la reforma fiscal, de cambiar el nombre del impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios (Itbis), la República Dominicana se sumaría a la larga lista de países que se refieren a este tributo como IVA o impuesto al valor agregado.

En la región, solo algunos casos aislados mantienen una identificación distinta para este impuesto. Aunque las regulaciones y porcentajes varían según el lugar, en la mayoría de países existe el IVA.

Las naciones de la Unión Europea (UE) también tienen contemplado en sus recaudaciones fiscales el IVA, que va desde el 8.1 % (Suiza) al 27 % (Hungría).

Con un IVA del 18 %, la República Dominicana y Perú comparten el quinto lugar entre los más altos de América Latina. En el caso del país suramericano, este impuesto es conocido como impuesto general a las ventas (IGV).

TASA DEL IVA SEGÚN EL PAÍS (%)
Uruguay22
Argentina21
Chile
19 
Colombia19
República Dominicana
18
Perú
18
Barbados
17.5
México
16
Honduras
15
Nicaragua
15
Antigua y Barbuda
15
Jamaica
15
Guyana
14
Costa Rica
13
El Salvador
13
Belice
12.5 
Santa Lucía
12.5
Trinidad y Tobago
12.5 
Guatemala
12
Ecuador12 
Bahamas
12
Paraguay 10
Panamá7
Promedio de América Latina14.8
 Fuente: Cepal - OCDE - CIAT - BID

En el primer lugar de la lista se encuentra Uruguay con un 22 %, mientras que el impuesto al valor agregado más bajo de la región es el de Panamá, que asciende al 7 % del producto o servicio adquirido.

Algunos de los casos en el hemisferio donde el IVA tiene otro nombre, además de República Dominicana donde actualmente se llama Itbis, son: Estados Unidos (Sales Tax); Canadá (GTS); Brasil (ICMS); Perú (IGV) y Panamá (Itbms).

El proyecto que presentó ayer el Gobierno establece una tasa generalizada del IVA de 18 %, a excepción de algunos bienes y servicios considerados básicos.

En esa línea, se prevé incorporar los servicios digitales a la definición del IVA y eliminar las exenciones de este impuesto y los selectivos al consumo para las mercancías categorizadas como "envíos de bajo valor", es decir, aquellos productos importados que tengan un valor menor a los 200 dólares.

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