Subagentes bancarios podrían otorgar préstamos de bajo monto si se aprueban modificaciones a reglamento
La Junta Monetaria emitió un plazo de 30 días para las consultas públicas de la propuesta de cambios al reglamento de estas entidades
La Junta Monetaria abrió esta semana la consulta pública para la propuesta de modificación integral al reglamento de los subagentes bancarios, en la que se sugieren nuevas funciones para estas entidades.
Una de las más relevantes es que, de aprobarse esta propuesta, los subagentes bancarios estarán facultados para analizar, aprobar y desembolsar préstamos cuyo monto no exceda de dos salarios mínimos, en la escala máxima vigente para los trabajadores del sector privado no sectorizado.
Esto significa que las personas podrían solicitar y desembolsar hasta 48,300 pesos sin la necesidad de trasladarse hacia un banco para realizar los trámites.
Estos serán los nuevos salarios mínimos de los empleados del sector privado no sectorizado
Estas solicitudes “deberán contener las informaciones y documentación mínima para la evaluación del crédito y la identificación del beneficiario final, de conformidad con la normativa vigente en la materia”, se indica en la propuesta.
En lo que compete a los subagentes bancarios, estos no podrán estar inhabilitados, sancionados ni que conste actividad contraria al reglamento para poder realizar este tipo de operaciones a nombre de una entidad de intermediación financiera.
Tampoco podrán prestar servicios financieros por cuenta propia, ni exceder el límite de operaciones que establezca el banco por cliente por día, ateniéndose a la prevención de lavado de activos, como lo establece la normativa que sanciona este delito, la Ley 155-17.
Estos puestos financieros también comparten la responsabilidad de otorgar al cliente todas las informaciones y documentos sobre productos contratados, “conforme lo requiere la normativa vigente de protección a los usuarios”.
Apertura de cuentas de ahorros y pago electrónico
Otra de las funciones que se les autorizaría a los subagentes bancarios es la apertura de cuentas básicas de ahorros y de pagos electrónicos.
Estos puestos financieros podrán, de igual forma, cancelar estas cuentas, siempre y cuando la apertura se haya realizado en la misma sucursal. Sin embargo, solamente pódrán cancelar este tipo de productos, ya que seguirán inhabilitadas para cancelar cuentas de ahorro o corrientes, depósitos a plazo y otros productos de igual naturaleza.
La propuesta establece que los subagentes bancarios deben esperar la aprobación de la entidad de intermediación financiera a la que presta servicios para poder recibir los fondos tras abrirse una cuenta básica de ahorros o de pago electrónico.
Estos puestos también deberán estar registrados en la Superintendencia de Bancos para fungir como agentes de pago electrónicos de un banco.
Habrá administrador de estas entidades
El proyecto de modificación también instruye a la creación de administradores de subagentes bancarios. La figura consiste en una sociedad, subcontratada por los bancos para que se encargue de ubicar, evaluar, afiliar y tramitar la contratación y puesta en funcionamiento del subagente bancario.
Esta sociedad, en sí misma, podrá ofrecer también los servicios de este tipo de entidad financiera.
Inclusión financiera
Estas y otras modificaciones al Reglamento de Subagentes Bancarios forman parte de la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera 2022-2030, en la que se considera que estas instituciones juegan un papel fundamental para promover “un ecosistema de pagos dinámico y facilitador del acceso a los servicios financieros”, de acuerdo a la Junta Monetaria.
La consulta pública está vigente desde el 17 de mayo y cuenta con un plazo de 30 días, para que los sectores interesados compartan sus comentarios tanto al Banco Central como a la Superintendencia de Bancos vía correo electrónico.
De acuerdo con el reglamento, los subagentes bancarios son las personas físicas o jurídicas contratadas por las entidades de intermediación financiera, para realizar ciertas operaciones a nombre y por cuenta de éstas, prestando los servicios financieros que en esta normativa se establezcan.
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