Energía y Minas asegura actuó acorde a la ley al anular licitación de pólizas para Punta Catalina
En el Tribunal Superior Administrativo se conoce una demanda contra dicha decisión
El Ministerio de Energía y Minas aseguró anoche que actuó en estricto cumplimiento de la ley cuando decidió cancelar el pasado octubre una licitación para la adquisición de pólizas de seguro para la Central Termoeléctrica Punta Catalina, por un monto de RD$1,143.2 millones.
En una nota de prensa la institución informó que ha decidido no hacer comentarios sobre la demanda que presentó uno de los oferentes del concurso: la sociedad comercial Cáceres & Asociados.
Sostuvo que esperará la decisión del Tribunal Superior Administrativo sobre el recurso de medida cautelar presentado por la firma privada contra la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas (Cdeee) a fin de propiciar que la autoridad judicial produzca su dictamen sin ningún tipo de obstrucción. La audiencia se aplazó para el próximo 11 de enero.
El órgano rector del sistema energético nacional recalcó que el envío de información a los oferentes, sin autorización del Comité de Compras, constituye una violación al procedimiento establecido por la Ley 340-06 y su reglamento de aplicación, tal y como lo establece la Resolución 292-21, que anuló la licitación.
Una inobservancia a los procedimientos de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y su reglamento de aplicación, por parte de personal administrativo de la Cdeee, fue motivo para que el pasado 27 de octubre se cancelara una licitación convocada en agosto, que buscaba adquirir pólizas de seguros para la Central Termoeléctrica de Punta Catalina.
Aplaza conocer demanda por cancelación de licitación de pólizas para Punta Catalina
Cdeee viola licitación para pólizas de Punta Catalina y una empresa la demanda
En la resolución 292-2021 de la Cdeee se especifica que, “sin autorización previa del Comité de Compras” de la institución, “personal administrativo no autorizado” envió a los oferentes el informe pericial de evaluación de los sobres que contienen la oferta económica del proceso de licitación, lo que constitutye una violación al procedimiento.
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