Copardom planea alternativas para modificar la cesantía, pero centrales sindicales cierran diálogo
Copardom reitera rechazo proyecto de ley de modificación del Código de Trabajo
En el marco de las reformas constitucional, fiscal y laboral que atraviesa la República Dominicana, la Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom) expresó su rechazo al reciente proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo para modificar el Código de Trabajo. La preocupación central de los empresarios radica en el esquema de auxilio de cesantía, que consideran necesita ser revisado.
En cambio, los representantes de los trabajadores dejaron claro que no están dispuestos a prolongar el debate sobre el Código de Trabajo.
Rafael (Pepe) Abreu, presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), afirmó que el debate se cerró con la entrega del proyecto al Congreso y que cualquier intento de reiniciar las discusiones es una táctica de los empresarios.
“Nosotros, las tres centrales sindicales, acordamos que el tema de la reforma laboral culminó con el sometimiento al Congreso de los artículos consensuados en el diálogo de 11 años que tuvimos”, apuntó Pepe Abreu.
Precisó que los artículos que no fueron consensuados, como la cesantía, serán parte de otras reformas, no de esta.
“Por lo tanto, rechazamos esa pretensión y solicitamos al sector empresarial que no siga insistiendo en ese tema, porque tuvimos todo el tiempo del mundo para considerar lo que ellos están proponiendo ahora”, declaró Abreu.
Sector empresarial
El 10 de octubre, el Ministerio de Trabajo depositó ante el Senado un proyecto que busca modernizar las relaciones laborales, ampliando derechos y promoviendo la competitividad. Sin embargo, Laura Peña Izquierdo, presidenta de Copardom, enfatizó que la cesantía, tal como está actualmente estructurada, representa un alto costo indefinido para las empresas.
Peña explicó que, bajo el esquema vigente, los empresarios deben pagar 21 días por año trabajado hasta cinco años, y 23 días a partir de ese tiempo, lo que genera un pasivo laboral significativo.
Además, recordó que, desde la aprobación de la Ley de Seguridad Social en 2001, las empresas asumen el 70 % de los costos de salud y pensiones, lo que incrementa aún más su carga laboral. También, señaló que “el 1 % de riesgo laborales el 100 % lo cubre la empresa”.
La representante del sector empresarial presentó algunas alternativas para sustituir la cesantía, pero aclaró que están abiertos al diálogo tripartito. Las opciones de la Copardom para reestructurar la cesantía consisten en: establecer un tope de años para que haya un límite en la duración de la cesantía, sugiriendo un rango de cinco y ocho años.
También, otra alternativa es definir un tope de salarios para que la base de cálculo para la cesantía se limite a un número específico de salarios mínimos.
Asimismo, la cesantía se podría sustituir por la implementación de un seguro de desempleo. Adoptar un modelo que permita a los trabajadores contar con un respaldo económico en caso de despido.
- Entre las opciones está el fondo de Cesantía, señala que se podría establecer un fondo específico que sirva como alternativa al sistema actual de cesantía.
Peña subrayó que la propuesta de modificación del Código de Trabajo debe ser integral y contemplar adecuadamente el tema de la cesantía. Aclaró que el sector empresarial no busca la eliminación de la cesantía, sino su reestructuración.
La titular de la Copardom dijo que agotaron múltiples espacios de diálogo en el Consejo Consultivo del Trabajo, donde se discutieron diversos temas y se alcanzaron consensos. Pero la confederación espera que el Congreso facilite un espacio para continuar el diálogo sobre la modificación de la cesantía y encontrar un acuerdo tripartito que beneficie a trabajadores, empleadores y al Estado.
Desde que se depositó la propuesta en el Senado de la República, los empresarios reaccionaron para dar a conocer su inconformidad sobre el proyecto de ley, que, para las autoridades del Ministerio de Trabajo, se busca modernizar el marco laboral.
- Los empleadores insisten en la necesidad de adaptar el esquema de cesantía a la realidad económica actual para garantizar la sostenibilidad y competitividad del sector.
¿Qué plantea el actual Código de Trabajo?
Al artículo 80 del Código de Trabajo vigente establece que el empleador que ejerza el desahucio (despido) debe pagar al trabajador un auxilio de cesantía cuyo importe se fijará de acuerdo con las reglas siguientes:
- Después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis, una suma igual a seis días de salario ordinario.
- Después de un trabajo continuo no menor de seis meses ni mayor de un año, una suma igual a trece días de salario ordinario.
- Después de un trabajo continuo no menor de un año ni mayor de cinco, una suma igual a veintiún días de salario ordinario, por cada año de servicio prestado.
- Después de un trabajo continuo no menor de cinco años, una suma igual a veintitrés días de salario ordinario, por cada año de servicio prestado.
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