Cuando la justicia es injusta por un virus
Las muertes de reclusos por mal manejo de las autoridades no son las únicas cuestiones evidenciadas en la emergencia por la pandemia; también los irreparables daños causados por el paro de las actividades en los tribunales
Esta historia es parte del especial “Seis meses en emergencia” de Diario Libre, realizado por Mariela Mejía, Yulissa Álvarez, Inés Aizpún, Karen Veras, Hogla Enecia, Niza Campos y Pablo García.
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Luego de haber sobrevivido durante 15 años en el penal de La Victoria y mantener una conversación diaria por videollamadas de WhatsApp con su amor de juventud, Ramón Antonio Sánchez Vásquez no pudo recobrar la libertad. Mientras esperaba a que el juez de ejecución de la pena emitiera la orden para salir de prisión, fue reportado como la primera víctima mortal del COVID-19 en ese recinto carcelario.
Al momento de su fallecimiento, el Consejo del Poder Judicial había emitido la resolución 002-2020, mediante la cual se dispuso “suspender las labores administrativas y jurisdiccionales” del Poder Judicial y “los plazos procesales, registrales y administrativos para todos los organismos dependientes” del órgano, para reanudarse tres días hábiles después de haber cesado el estado de emergencia decretado por la actual pandemia.
La angustia, desesperación, gritos de impotencia y súplicas por una mejor condición de vida de los privados de libertad, circularon por las redes sociales y medios de comunicación, luego de que, a La Victoria, cárcel más poblada del país, llegara el coronavirus.
Las escenas pusieron en evidencia la manera en que el sistema judicial trata a cada hombre o mujer que es enviado a prisión en condición de preventivo o condenado.
Unas 16 personas murieron en las cárceles tradicionales por el COVID-19. Al cierre de esta edición no fue posible conseguir los datos del nuevo modelo penitenciario en el que hay 22 centros de corrección y rehabilitación.
De acuerdo con los datos reportados por la Procuraduría, a junio pasado unos 917 internos se habían contagiado con COVID-19.
Pero el caso de Sánchez Vásquez no es el único. Joel Batista Soto, quien llegó como preso preventivo a La Victoria, calificada como “cementerio de hombres vivos”, corrió con la misma suerte. Mientras esperaba a que se cumplieran los trámites administrativos para su puesta en libertad, falleció. Ambos murieron a principios de abril.
La negligencia y falta de atención a los privados de libertad durante la suspensión de las labores en los tribunales alcanzó el grado mayor, cuando estando bajo control de la Fiscalía del Distrito Nacional, en la cárcel preventiva del Palacio de Justicia, Alberto Derison vio consumarse su más grande temor: morir sin recibir atenciones médicas.
El privado de libertad había implorado a la jueza Lissa Veras, durante el conocimiento de la solicitud de medida de coerción, que le permitiera recibir asistencia porque estaba enfermo. Ese pedimento no fue acogido y meses después fue encontrado sin vida en la celda donde cumplía la medida hasta tanto concluyera el estado de emergencia.
En un país donde hay más de 26,000 privados de libertad, de los cuales el 60 % es preso preventivo, entre el 16 de abril y 30 de junio, luego de los brotes de coronavirus y muertes reportadas en distintos centros penitenciarios, los jueces de ejecución de la pena acogieron 129 solicitudes de variación de modalidad de cumplimiento de pena, 305 órdenes de libertad condicional y 204 órdenes de libertad por cumplimiento de la pena.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos establece en el informe “Situación penitenciaria en la República Dominicana bajo la epidemia del COVID-19” que el 35 % de los más de 26,000 privados de libertad están presos por delitos menores, y que a estos se les puede variar la medida o ponerlos provisionalmente en libertad con el fin de descongestionar los recintos.
Un paro más allá del virus
Las muertes de reclusos por mal manejo de las autoridades no son las únicas cuestiones puestas en evidencia durante la emergencia creada por la crisis sanitaria generada por el SARS-CoV-2 en las cárceles, también los irreparables daños causados por la paralización de las actividades en los tribunales de la República.
Los plazos procesales fueron suspendidos y eso conlleva que el tiempo máximo de duración de la prisión durante la etapa preliminar de un proceso judicial, así como de las demás fases del proceso penal, se interrumpan, generando una situación perjudicial para todo imputado de un delito, consideran algunos abogados.
Para poder dar respuestas a cuestiones, y tratando de mantener algunos servicios al alcance de la población, el Poder Judicial habilitó una plataforma digital en donde abogados y miembros del Ministerio Público podían solicitar citas y hacer depósitos de documentos. Sin embargo, la disposición no ha dado los resultados esperados, de acuerdo a las experiencias explicadas por entes del sector para este reportaje.
De manera virtual se siguieron desarrollando audiencias de medida de coerción, extradición, suspensión o cumplimiento de pena, pero para el Colegio de Abogados de la República Dominicana, esto constituye una negación al acceso a la justicia y a la celeridad con la que se deben manejar los casos.
Vicisitudes de fiscales y abogados
Bajo la consigna de “Apertura ya de los tribunales”, profesionales del derecho han reclamado frente a las oficinas de distintas jurisdicciones del país.
Miguel Surún, presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana, considera que el cierre de la justicia ha sido un crimen contra los profesionales del Derecho y toda la sociedad, además de constituir una ilegalidad. “Lo que ha vivido la clase jurídica nacional es una verdadera tragedia”, afirma.
Plantea que el Poder Judicial, en violación de lo que consagra la Constitución, respecto a que, durante los estados de emergencia, los sistemas de garantía de tutela judicial efectiva deben permanecer abiertos, cerró sus puertas y emitió siete resoluciones que –a su juicio– “eliminaron de golpe y porrazo los procedimientos en todas las materias, penal, civil, litis, consagrando como regla las llamadas audiencias virtuales que no están contempladas en ninguna legislación y que constituyen una violación del debido proceso”.
En tanto que Manuel Olivero, describió en una entrevista televisiva, que no todos los abogados están preparados para la virtualidad debido a que más del 70 % carece de conocimientos y condiciones para someterse a procesos virtuales: no tienen espacios físicos, computadoras y conexión adecuada a internet.
La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) consideró impostergable que los tribunales de la República retomen su carácter presencial, debido a que los servicios judiciales virtuales, tanto en las labores de secretaría como en la celebración de audiencia, representan un obstáculo para grupos históricamente excluidos que aun no han podido insertarse plenamente en esta nueva modalidad del sistema de justicia, lo que daría lugar a violaciones a las garantías procesales y a la tutela jurisdiccional efectiva, al irrestricto derecho a la defensa y la garantía constitucional del debido proceso.
El Ministerio Público, otro actor del sistema, también ha sido afectado por la suspensión de actividades. Más de mil expedientes de investigaciones que han llevado a cabo por al menos cinco fiscalías con las que este diario se comunicó, están en peligro debido a que para hacer los depósitos de documentos hay que agendar citas, en las cuales solo se permite el depósito de un máximo de dos casos.
“Ha sido difícil explicarles a los usuarios que después de agotar una fase de conciliación en la que las partes no hayan decidido hacer un acuerdo, no puedo remitir el caso a un tribunal porque el tribunal está cerrado”, explicó Evelyn Cadette, fiscal directora del Departamento de Denuncias, Querellas y Conciliaciones, de la Fiscalía del municipio Santo Domingo Oeste.
A la 1:00 de la tarde del pasado 13 de julio, ese departamento había registrado 35 procesos, pero a partir de esa hora Cadette debió dejar sus quehaceres para dirigirse a una cita que le hizo un tribunal para poder presentar sus acusaciones y solicitudes. Ese día, logró programar dos citas, pero para ella, el procedimiento implica un retraso en el trabajo diario, pues antes de que existiera la pandemia ella podría llevar o enviar con una de sus auxiliares hasta 20 acusaciones que tuviera.
El pasado 6 de julio, el Poder Judicial anunció que se reactivaron los plazos procesales que habían sido suspendidos por las medidas de distanciamiento social y el estado de emergencia por el COVID-19.
Durante la fase intermedia, se depositaron 4,885 solicitudes al Poder Judicial, de las cuales 1,841 eran órdenes de arresto, 1,143 medidas de coerción, 193 órdenes de alejamiento o protección, 225 revisión de medidas de coerción y 182 interceptaciones telefónicas.
Dilema en cálculo de pena y extinción
La suspensión de los plazos procesales obliga también a reponer los tiempos en que se debe declarar la extinción penal de casos como el de Odebrecht, los Super Tucano y Los Tres Brazos, que han acaparado la atención nacional.
De acuerdo al plazo máximo de duración establecido en el Código Procesal Penal, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional tenía hasta principio de enero de 2021 para emitir una sentencia a favor o en contra de los imputados por los US$92 millones en soborno que pagó la empresa Odebrecht para ser beneficiaria de obras del Estado, pero debido a la suspensión dictaminada por el Consejo del Poder Judicial, ahora el expediente tendría vigencia hasta mayo de 2021. Los plazos procesales se suspendieron desde el 21 de marzo hasta el 5 de julio del presente año.
El abogado Albert Delgado lleva el caso de un policía acusado de homicidio imprudencial, por el que se enfrenta a una posible pena de dos años. El imputado tiene tres meses de prisión preventiva en la cárcel La Victoria, tiempo que los cumplió en abril, pero con el plazo suspendido. Entonces debió esperar hasta el 6 de julio, cuando se reanudaron las audiencias, para que vuelvan a computarle el tiempo de presentarle acusación. Delgado estima que si llega a audiencia preliminar ya tendrá unos nueve meses acumulados en prisión, y que para cuando se conozca el fondo tendrá casi la pena cumplida. “Imagínate si lo descargan”, concluye.
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