Senadores aprueban en primera lectura aumentar el umbral de la vivienda económica
La pieza legislativa fue presentada al Pleno Senatorial por la senadora Faride Raful
El Senado de República Dominicana aprobó en primera lectura el proyecto de ley que modifica el artículo 129 y los párrafos I, II y III de artículo 131 de la Ley 189-11, para el desarrollo del mercado hipotecario y el fideicomiso en la República Dominicana, que eleva el precio de venta de las viviendas de bajo costo, de 3 millones 500 mil a 4 millones 500 mil pesos.
Este proyecto tiene el objetivo de modificar la ley para el desarrollo del mercado hipotecario y el fideicomiso en la República Dominicana 189-11, del 16 de julio 2011, para aumentar el valor de referencia de las viviendas de bajo costo y eximir del pago de impuesto de transferencia inmobiliaria a aquellos adquirientes de primera vivienda a través de fideicomisos.
La pieza legislativa fue presentada al Pleno Senatorial por la senadora Faride Raful.
Esta iniciativa señala, además, en su artículo 129, que los proyectos de viviendas de bajo costo son proyectos habitacionales con participación de los sectores público o privado, cuyas unidades tendrán precio de venta igual o inferior a 4 millones 500 mil pesos, monto que será ajustado anualmente por la inflación, conforme a las disposiciones del artículo 327 del Código Tributario de la República Dominicana, mediante los cuales se facilita el acceso de la familia a una vivienda digna.
Refiere que los proyectos de bajo costo podrán beneficiarse del desarrollo y aplicación de los instrumentos legales, financieros y fiscales previstos en la presente ley, a fin de incrementar los recursos disponibles para su financiamiento o infraestructura.
Esta indica en su párrafo primero que cuando se trate de la primera vivienda, tendrán derecho a recibir un bono equivalente al valor correspondiente del cálculo sobre la base del costo estándar de materiales y servicios sujetos al impuesto de transferencia de bienes industrializados (Itbis), pagado durante el proceso de construcción de la vivienda. El mismo será determinado por el Instituto Nacional de la Vivienda (Invi).
Este proyecto remitido por el Poder Ejecutivo dice en el párrafo segundo que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) financiará los bonos entregados del Fondo Especial de Reembolsos Tributarios constituido en el artículo 265 del Código Tributario de la República Dominicana y sus modificaciones.
En tanto que el en su tercer párrafo de la Ley 129 indica que los adquirientes de la primera vivienda a través de sus fideicomisos de la vivienda de bajo costo debidamente acreditados por el Instituto Nacional de la Vivienda (Invi) quedarán exentos del pago de transferencia para el traspaso de bienes e inmuebles.
En la sesión de hoy también fue aprobado en única lectura la resolución que aprueba la cuarta adenda al Contrato de Fideicomiso para la Construcción de Viviendas de Bajo Costo, suscrito entre el Estado dominicano y la Fiduciaria Banreservas, para incorporar al patrimonio fideicomitido dos porciones de terreno con una superficie total de 733,544.92 metros cuadrados.
La iniciativa, proveniente de la Cámara de Diputados, busca contribuir a la solución del déficit habitacional del país y garantizar que las personas de escasos recursos puedan optar por una vivienda digna.
Este proyecto fue presentado al Pleno por el senador Pedro Catrain (Samaná); quien solicitó que este sea incluido en el orden del día.
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