Este domingo vence plazo para entrada en vigencia del reglamento de la ley de atención al autismo
Hace ocho meses que se promulgó Ley 34-23 de Atención, Inclusión y Protección para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA)
El coordinador de la Mesa de Diálogo por el Autismo, periodista Fernando Quiroz, advirtió que este domingo 4 de febrero vence el plazo de los 120 días estipulado para la entrada en vigencia del reglamento de la Ley 34-23 de Atención, Inclusión y Protección para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).
El activista por la inclusión instó al gobierno del presidente Luis Abinader a informar los detalles de las acciones específicas que pondrán en ejecución luego de más de ocho meses de la aprobación de la ley en el Congreso Nacional.
“Es necesario saber cuáles son las acciones inmediatas que se adoptarán, conforme a la ley, ante la desesperación de miles de familias que enfrentan la discriminación diaria y carecen de los recursos económicos para atender a sus hijos con autismo”, dijo Quiroz, quien es propulsor de la normativa, motivado por su hijo Fernando Gabriel Quiroz Flaviá.
Recordó que en septiembre del año pasado hizo un llamado público a los poderes Ejecutivo y Legislativo para que garantizaran la inclusión de partidas presupuestarias específicas en el Presupuesto General del Estado, asegurando así los recursos necesarios para implementar efectivamente la nueva legislación sobre el autismo en el 2024.
Sostuvo que la Ley 34-23 establece que el Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis) debe coordinar, promover y fiscalizar las instituciones públicas para desarrollar programas que atiendan las necesidades de las personas con TEA.
La ley, una demanda de cientos de familias, de organizaciones y especialistas, es una iniciativa de los senadores Franklin Rodríguez (San Cristóbal), y Dionis Sánchez, (Pedernales) viene a completar un proyecto de hace 12 años de la diputada Yuderka de la Rosa.
La Ley 34-23 fue promulgada por el presidente Abinader el 5 de junio del año pasado y contempla su entrada en vigor a los 120 días a partir de su promulgación y publicación. Asimismo, el presidente de la República debe dictar el reglamento de esta ley dentro de un plazo de 120 días a partir de su publicación.
Quiroz destaca que es imperativo abordar de manera urgente aspectos críticos como la cobertura y atención en evaluación, diagnósticos, terapias y centros educativos, dada la carga financiera que esto representa para las familias afectadas.
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