Procedimientos por laparoscopía ocupan gran partida entre los servicios aprobados por el CNSS
Incluye operaciones en los intestinos, estómago, útero, ovarios y riñones
Cuatro de las propuestas remitidas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) al Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) fueron aprobadas mediante la resolución No. 581-03, relativas a la revisión de la estructura y contenido del Plan Básico de Salud (PBS) e incremento del límite de cobertura de los medicamentos ambulatorios del Plan de Servicio de Salud (PDSS).
Entre las propuestas aprobadas, se encuentra la revisión de contenido del PDSS, incluyendo 70 nuevas prestaciones; admitiendo nuevas vías de abordaje, nuevos procedimientos, estudios anatopatológicos (los cuales identifican enfermedades o afecciones mediante el examen de células o tejidos al microscopio) y nuevos medios de diagnósticos.
Asimismo, la reestructuración y mejora gradual del catálogo de prestaciones del PDSS, que eliminan barreras de acceso a los afiliados del Seguro Familiar de Salud, con enfoque a cirugías y biopsias, revisión de tipo de cobertura, entre otros elementos.
Los procedimientos por laparoscopia ocupan una amplia proporción de los nuevos servicios integrados con al menos un 45 % de la oferta.
Entre ellos se destaca la histerectomía (extirpación del útero); salpingooforectomía, cirugía para extirpar ambos ovarios y ambas trompas de Falopio, que ya estará dentro de la cobertura, y la escisión de un embarazo ectópico (fuera de la matriz).
Otros procesos realizados por laparoscopía sumados al catálogo son: nefrectomía radical, hemicolectomía izquierda y derecha, cierre de estoma de intestino grueso y delgado, colostomía temporal, cierre de hernia incisional, sutura de úlcera y biopsia de estómago.
También tendrá cobertura la extracción endoscópica de un cuerpo extraño en la nariz o en el conducto auditivo externo; la urodinamia, que consiste en un estudio de la dinámica del almacenamiento y la evacuación de la orina por el tracto urinario; la citología ginecológica y el onfalocele, un defecto de nacimiento en la pared abdominal (área del estómago) en el que los intestinos, el hígado u otros órganos del bebé salen del abdomen a través del ombligo.
De igual modo, fue incluida la cura de herida profunda, de herida superficial y la colocación marcapaso transitorio.
Medicamentos ambulatorios
En la misma resolución se aprobó un incremento a la cobertura anual de medicamentos ambulatorios, pasando de 8,000 pesos a 12,000 pesos.
Esta decisión se tomó tras analizar la propuesta para la reorganización de la lista de medicamentos ambulatorios, eliminando barreras de acceso, colocando en los grupos y subgrupos correspondientes los medicamentos según su naturaleza y tipo de cobertura y tipo de prestador que realiza la dispensación, logrando disminuir negaciones de cobertura innecesarias.
Dichas propuestas, según recordó el superintendente, Jesús Feris Iglesias, fueron elaboradas a partir del trabajo realizado junto al Colegio Médico Dominicano y a las Sociedades Médicas Especializadas.
La incorporación de estas medidas tiene un impacto de más de 2,500 millones de pesos anuales, los cuales se traducen en una importante reducción en el gasto de bolsillo de los afiliados.
Reembolso
El doctor Feris Iglesias también hizo un llamado a los afiliados del Régimen Contributivo para que apliquen en solicitud de reembolso a sus ARS en caso de que hayan pagado por alguno de los beneficios incorporados, a partir del 1ro de noviembre del 2023, según lo estableció el CNSS en su Resolución 581-03.
“Establecer el per cápita mensual del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo (RC) con cargo a la Cuenta del Cuidado de la Salud de las Personas en Mil Seiscientos Ochenta y Tres Pesos Dominicanos con 22/100 (RD$1,683.22), efectivo a las coberturas de noviembre del año 2023, cuya dispersión será efectiva a partir del mes de diciembre del 2023. En el caso de los dependientes adicionales, el incremento será reflejado en las Notificaciones de Pago de la Tesorería de la Seguridad Social del mes de enero del año 2024 para las coberturas a partir de febrero del 2024. PÁRRAFO: Las ARS deberán reembolsar a los afiliados del Régimen Contributivo los gastos incurridos por los nuevos beneficios incluidos en la presente resolución a partir de su efectividad”, detalla explícitamente la resolución.
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