Especialista en Seguridad Social analiza pros y contras de la propuesta del Colegio Médico al CNSS
Arismendi Díaz Santana valoró como positivo el paso de avance en el diálogo pero, asegura quedan interrogantes por responder
Luego de que el presidente del Colegio Médico Dominicano (CMD), Senén Caba, explicara los seis puntos que sustentan la propuesta que esa entidad le hiciera al Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) peticionando cambios en el Sistema de Seguridad Social, Diario Libre consultó al respecto al presidente de la Fundación Seguridad Social Para Todos (FSSPT), Arismendi Díaz Santana.
Díaz Santana considera como “un paso positivo que finalmente el CMD haya sometido sus propuestas al CNSS”, lo que permite un avance en la toma de decisiones por parte de la comisión especial que está analizando toda la documentación recibida de los diferentes sectores involucrados.
El ideólogo del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) explicó los pros y contras de cada uno de los reclamos de los galenos.
Sustitución del Plan de Servicios de Salud
Con relación a la sustitución del Plan de Servicios de Salud (PDSS) por el Plan Básico de Cobertura Universal, Díaz Santana entiende que “ningún plan de salud universal financiado con recursos limitados, puede garantizar servicios médicos ilimitados, mediante contratación por servicios prestados. Así como una familia no puede gastar más de lo que gana en el mes, ningún sistema puede prestar servicios que cuesten más que el ingreso mensual recibido”.
El especialista precisó que la Constitución indica en su artículo 60 que “el Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social”.
“¿Qué pasaría cuando un Seguro Nacional de Salud (Senasa) único tenga que pagar más de lo recibido en el mes? ¿Dejará de pagarle a los médicos y a las clínicas? ¿Les suspenderá los servicios a los afiliados hasta el próximo mes? ¿Reducirá la calidad de la atención para llegar a fin de mes como se pueda? ¿Solicitará elevar los aportes de los empleados y empleadores? ¿Se declarará en quiebra?”, son las interrogantes que Díaz Santana plantea.
“No se puede extender los pies más allá de la sábana”, aseguró.
A septiembre de 2022, el salario promedio es de 30,153.20. El aporte para el cuidado de la salud de las personas es el 9.53 %, (2,873.60 del salario), monto que se distribuye entre 2.2 afiliados (1.0 titular + 1.2 dependientes), arrojando una cápita de sólo 1,306.18.
Para garantizar derechos y evitar la quiebra del Seguro Familiar de Salud, el también economista asegura que “no queda otra alternativa que cumplir con los artículos 129 y 152, estableciendo un primer nivel de atención capaz de resolver, a bajo costo, los quebrantos simples, que representan el 80 % del total. Entonces, con los demás recursos se podrán elevar las tarifas y honorarios especializados, agregar más servicios y reducir los copagos ilegales”.
Reducción de los gastos administrativos
Díaz Santana, quien fue el primer gerente general del CNSS, plantea que el gasto administrativo sea el mínimo necesario para asegurar que la prestación sea la mayor posible.
“Es posible reducir el costo de supervisión de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), cambiando la forma de contratación de los servicios prestados. En vez de pagar por cada uno de los servicios, se establecería un costo promedio por el tratamiento completo, lo que permitiría una mejor relación contractual entre las ARS y las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), porque simplificaría las reclamaciones y el análisis de las glosas”, ponderó.
Un ejemplo aplicado sería, una vez calculado el costo de una cesárea, el mismo se pagaría sin tener que presentar facturas por cada uno de los servicios incluidos. Esta es una modalidad de “contratación con riesgo compartido”, la cual está prevista en el Art. 173 de la Ley 87-01.
Unificar las tarifas a la intermediación que más pague
Díaz Santana aclaró que ya en el párrafo II del artículo 173 de la Ley 87-01 está establecida la conformación de un Comité Nacional de Honorarios Profesionales (CNHP) para fijar y actualizar anualmente las tarifas y honorarios, con la representación calificada de las PSS vinculadas.
“Es saludable que el CMD demande su activación y participe con sus técnicos en el cálculo de las tarifas mínimas de cada profesión y de cada servicio. Y que esos valores se actualicen cada año, porque así se minimizan los conflictos y las tensiones”, recomendó.
Condiciones contractuales
El especialista indicó que en la Ley 87-01 hay un párrafo que prohíbe establecer condiciones contractuales contra un profesional de la salud.
“Ciertamente, ese párrafo prohíbe cualquier discriminación a cualquier médico o clínica. Sería conveniente que el CMD se mantenga vigilante y denuncie y presenten las pruebas de cualquier trato discriminatorio contra cualquier profesional de la salud o cualquier PSS. Aunque la Ley no lo previó, también debería aplicarse a cualquier discriminación de las PSS a cualquier ARS”, argumentó.
Cobertura y pago a las consultas ambulatorias
“A pesar de que es un punto muy importante, no queda claro el alcance de la propuesta del CMD”, dijo Díaz Santana sobre el quinto punto de la propuesta de los médicos, concerniente al reclamo del pago de consultas ambulatorias.
“De todas formas, existe consenso de que las tarifas y honorarios ahora sean elevados de acuerdo a la disponibilidad de recursos y que en lo adelante se ajusten con la cápita. En este sentido, también es necesario que se reduzca en forma gradual el cobro de copagos y se establezca un límite al copago por consulta ambulatoria, en lo que se estudia el fondo del problema para iniciar su desmonto gradual”, añadió.
Sistema de capitalización individual
Sobre la posibilidad de disolver el Sistema de Capitalización Individual, devolver el dinero a los cotizantes y crear un sistema de pensiones de reparto, Arismendi determinó que “para evaluar objetivamente esta propuesta, es necesario contar con un estudio actuarial sobre cuál sería la tasa de reemplazo, el porcentaje de los aportes y los años de cotización”.
La misma deberá demostrar la viabilidad y sostenibilidad a mediano y largo plazo del sistema de reparto.
“En cualquier caso, resulta inaceptable que se devuelva el patrimonio acumulado por los afiliados y que luego estos trabajadores reciban una pensión a cargo del Estado, ya que ello generaría una doble distorsión, que inevitablemente terminaría siendo financiada por los contribuyente con impuestos pagados al Estado para recibir servicios de calidad en educación, salud, pensiones a los envejecientes pobres, saneamiento ambiental, seguridad ciudadana, entre otros servicios básicos esenciales”, concluyó.
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