¿Quiénes deberían seguir usando la mascarilla y en cuáles espacios?

La resolución 08-2022 es muy específica sobre quiénes no deberían bajar la guardia y seguir con el uso del cubrebocas

Usuarios salen del Metro de Santo Domingo con sus mascarillas puestas. (EFE/ Orlando Barría)

La resolución 08-2022, emitida por el Ministerio de Salud Pública el pasado 16 de febrero y que deja sin efecto algunas medidas restrictivas adoptadas durante la pandemia, ha resultado confusa entre algunos ciudadanos que han entendido que dicho documento marcaba el fin del coronavirus en República Dominicana.

Recordando que el territorio nacional continúa declarado como epidémico y que, de acuerdo al más reciente boletín, el número 702, en el país hay actualmente 2,374 casos activos, Salud Pública recomienda que, a juicio de cada ciudadano, se mantenga el uso de mascarillas en espacios públicos y privados, tanto abiertos como cerrados.

Es decir, está en cada dominicano el deber de cuidarse, ya que la medida restrictiva de obligatoriedad del uso de la mascarilla fue eliminada, pero, no se han cancelado sus efectos de protección, sumados al lavado de manos, distanciamiento y solicitud del ministerio de completar el esquema de vacunación con al menos tres dosis, aunque ya no sea mandatorio la presentación de la tarjeta.

De manera muy especial, las autoridades de salud recomiendan el uso de mascarillas a personas en condiciones de inmunosupresión o factores de riesgo como insuficiencia renal, VIH, cáncer, tuberculosis, asma, enfisema, bronquitis crónica, diabetes, obesidad, hipertensión arterial, inmunopresión farmacológica y falcemia, así como a las personas que tengan estrecho contacto con estos pacientes.

Asimismo, el ministerio indica que será de rigor el uso de mascarillas en centros de salud públicos y privados, y también en medios masivos de transporte de pasajeros.

¿Y en caso de resultar contagiado?

La resolución indica que cuando una persona obtenga un resultado positivo para COVID-19 de un laboratorio autorizado por Salud Pública y esa persona sea asintomática o amerite tratamiento ambulatorio, deberá permanecer al menos siete días en aislamiento a partir de la fecha de su prueba testificando que contrajo coronavirus y sin la necesidad de obtener una licencia médica.

Al terminar este período, puede reintegrarse a sus labores, debiendo utilizar mascarilla “de forma adecuada y estricta por un mínimo de 10 días después de su diagnóstico”, según indica el documento.

Periodista graduada de la Universdad Católica Santo Domingo (UCSD) con honor Summa Cum Laude, con máster en Comunicología Aplicada en la Univerdidad Complutense de Madrid, amante de los viajes, la moda y la música en vivo.