Poder Ejecutivo suprime por decreto varias entidades de la Policía Nacional

La Dirección de la Policía dispuso el ascenso de 4,018 miembros de la institución

Miembros de la PN al participar de la misa el jueves. (Justo Féliz)

SANTO DOMINGO. El Poder Ejecutivo continuó con la reforma a lo interno de la Policía Nacional suprimiendo mediante el decreto 45-17 el Instituto Especializado de Estudios Superiores (IEESPON), el Instituto de Dignidad Humana y pasando sus funciones al Instituto Policial de Educación, contemplado en la nueva ley de la institución 590-16.

Estos dos organismos habían sido creados mediante decretos 610-04 y 236-01, respectivamente, y sus funciones pasan.

Este instituto a su vez será responsable del diseño, planificación, ejecución, supervisión, control y actualización de las políticas y programas de estudios en las diferentes áreas de la institución, en virtud de lo establecido en el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (590-16).

El artículo 2 dispone que las funciones de administración del Régimen de Reparto Especial y de la administración del Régimen de Reparto Especial para la Policía Nacional y de la administración de pago del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia que ejecutaba el Comité de Retiro, son traspasadas la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda y al Instituto de Seguros Sociales, respectivamente, conforme lo establecen los artículos 112 y 130 de la Ley 590-16.

El artículo 3 traspasa las funciones y atribuciones del Museo Policial Dominicano al Instituto de Educación. Mientras que el párrafo de este artículo dice que quedan suprimidos el Consejo Directivo, la Dirección Ejecutiva y el Patronato del Museo Policial Dominicano.

Asimismo, en su artículo 4, el decreto dispone que el Instituto de Seguridad Social de la Policía se convierta en la Cooperativa de Ahorros y Servicios Múltiples de los Integrantes de la Policía Nacional, en función a los lineamientos del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (Idecoop).

Además, instruye al Consejo Superior Policial a que inicie la reglamentación de la Dirección de Reserva de la Policía Nacional y las que fuesen necesarias para las disposiciones del presente decreto. Asimismo, el decreto se suprime la Comisión de Reforma de la Policía Nacional y sus funciones son asumidas por la Dirección de Planificación, Desarrollo y Cooperación, existente en la estructura de la PN.

El artículo 7 cambia el nombre de la Dirección de Planificación, Desarrollo y Cooperación y en lo adelante será la Dirección de Planificación y Desarrollo. Esta dirección, junto a la de Recursos Humanos coordinarán con el Consejo Superior Policial la reubicación del personal que actualmente labora en los diferentes órganos suprimidos mediante el este decreto, para lo que dispondrán de un plazo no mayor de 30 días.

Los pasivos que las entidades tengan asignados y/o apropiaciones presupuestarias disponibles o en curso de asignación, serán evaluados por los ministerios de Hacienda y de la Presidencia y de proceder serán pagados con los fondos asignados, según explica el artículo 8. En tanto que el artículo 9 dice que la Policía Nacional dispondrá de los bienes inmuebles, espacios físicos y activos que tengan usufructo o uso los diferentes órganos según corresponda.

Con el presente decreto quedaron derogados los números 906-00; 236-01; 239-01; 240-01; 241-01 y 610-04.