SDD y CDP aseguran que el Gobierno debe crear una nueva ley de la DNI apegada a la Constitución
Las entidades opinaron luego de que el Tribunal Constitucional anuló la ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia
Luego de que el Tribunal Constitucional anuló la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), por ser “no conforme” con la Constitución, la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD) y el Colegio Dominicanos de Periodistas consideraron que el Gobierno debe elaborar una nueva propuesta que “no violente los derechos fundamentales de los dominicanos”.
Al ser consultado por Diario Libre, el presidente de la SDD, Persio Maldonado, destacó que el Gobierno deberá “abocarse a una nueva ley ajustada a la Constitución” y reiteró la disposición de la entidad para colaborar en la redacción de la misma.
Maldonado subrayó que, desde un inicio, la Ley 1-24 fue objeto de cuestionamientos por permitir que la DNI solicitara información de los ciudadanos sin autorización judicial y por haberse aprobado como una ley ordinaria, cuando su naturaleza orgánica requería una mayoría calificada en el Congreso.
La ley fue fuertemente criticada por el sector periodístico, principalmente la SDD, y otros que cuestionaron la legislación argumentando que violaba artículos de la Constitución que consagran derechos a la intimidad y el honor, y la libertad de expresión e información, entre otros.
Uno de ellos era el controvertido artículo 11, que obligaba a todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas a entregar informaciones a la DNI.
“El Tribunal Constitucional ha sido claro al establecer que esta normativa, además de violar derechos fundamentales como la libertad de expresión y la privacidad, debía ser aprobada como una ley orgánica por tratarse de un tema de seguridad nacional”, agregó Maldonado.
“De los tropiezos se aprende más que de las victorias”
Maldonado afirmó que la anulación de la ley de la DNI deja lecciones importantes para el Gobierno. “El único camino ahora es hacer una nueva ley ajustada a la Constitución y que respete los derechos fundamentales”, expresó.
Señaló que la falta de reconocimiento de su carácter orgánico llevó al error, pero destacó que el fallo del Tribunal Constitucional aporta elementos clave para una legislación futura.
“Victoria para la defensa de los derechos”
El presidente del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), Aurelio Henríquez, coincidió con lo expresado por su colega Maldonado. Dijo que se debe preparar una nueva iniciativa legislativa, más consensuada con todos los sectores.
Henríquez calificó la decisión del Tribunal como una “victoria para la defensa de los derechos fundamentales”.
“Este fallo confirma que teníamos razón al exigir que la ley violaba la libertad de expresión, el secreto profesional de los periodistas y la privacidad de los ciudadanos”, afirmó el representante del gremio.
La propuesta original, según Henríquez había sido consensuada con diversos sectores, incluyendo la SDD, el CDP, el Defensor del Pueblo y fundaciones como Finjus, y fue enviada al Congreso con recomendaciones específicas. Sin embargo, el texto aprobado finalmente no cumplió con las correcciones propuestas.
Ambas entidades coincidieron en que el Gobierno debe priorizar la creación de una ley moderna y transparente que garantice un sistema de seguridad efectivo, sin poner en riesgo derechos fundamentales.
“Estamos dispuestos a aportar nuestra experiencia y los resultados de nuestras investigaciones para que el país cuente con una normativa adecuada y respetuosa de la Constitución”, señaló el presidente de CDP.
Otras opiniones
La anulación de la ley ha generado múltiples reacciones de figuras públicas.
Pelegrín Castillo, exdiputado y vicepresidente de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), afirmó que el Congreso debe cumplir con el mandato constitucional y crear una ley adecuada para regular el sistema nacional de inteligencia.
"La ley votada no era adecuada ni respetuosa de la Constitución. No es positivo que esos servicios no tengan un marco legal regulatorio", señaló.
Asimismo, Hotoniel Bonilla, exprocurador adjunto y especialista en derecho penal, indicó que "las autoridades del gobierno deben volver a la legalidad y someter sus actuaciones a los preceptos constitucionales", destacando la importancia de respetar los principios establecidos en la Constitución.
Roberto Rosario Márquez, expresidente de la Junta Central Electoral, celebró la decisión unánime del Tribunal Constitucional. "Muchas de las actividades desarrolladas al amparo de esa ley, sobre todo en el pasado proceso electoral, pueden ser atacadas", expresó.
Finalmente, el jurista y profesor de derecho constitucional Nassef Perdomo destacó que la anulación de esta ley tiene efectos inmediatos, resaltando la importancia de adecuar las normativas al marco constitucional.
Artículos de la Constitución citados en la sentencia que anula la ley de la DNI:
1. Artículo 44, numeral 3: Derecho al secreto y privacidad de las comunicaciones.
- La Ley No. 1-24 permite que la DNI acceda a información sin autorización judicial, lo que contraviene el derecho al respeto de la vida privada y la inviolabilidad de las comunicaciones consagrado en este artículo.
2. Artículo 69: Garantías del debido proceso.
- Se argumenta que la Ley No. 1-24 vulnera este artículo al no establecer controles judiciales adecuados sobre las acciones del DNI, permitiendo sanciones o investigaciones sin supervisión judicial.
3. Artículo 169: Rol exclusivo del Ministerio Público.
- Según este artículo, las investigaciones deben estar bajo la dirección del Ministerio Público, algo que se ve vulnerado por las amplias atribuciones del DNI otorgadas por la ley.
4. Artículo 112: Procedimientos de leyes orgánicas.
- La Ley No. 1-24 regula la seguridad nacional y afecta derechos fundamentales, por lo que debió ser aprobada como ley orgánica bajo este artículo, lo cual no ocurrió.
5. Artículo 38 y 42: Dignidad humana y protección contra tratamientos degradantes.
- Las acciones del DNI podrían atentar contra la dignidad y la seguridad personal de los ciudadanos sin controles apropiados, vulnerando estos derechos.
El 11 de septiembre pasado, después de más de ocho meses de conversaciones, la comisión conformada por distintos sectores del periodismo, la sociedad civil, empresarios, gobierno y juristas, alcanzó un acuerdo en torno a los puntos a reformar de la Ley 1-24.
En una plenaria realizada en la sede del periódico Listín Diario, en el sector Miraflores del Distrito Nacional, el presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), Persio Maldonado, expresó que “se logró construir una versión que permita corregir las ambigüedades de la normativa”.
Dos días después, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, depositó ante el Senado de la República el proyecto para modificar la atacada ley.
La propuesta sometida planteaba modificar las disposiciones contenidas en los artículos 1, 2, 9, 10, 11, 26 y 32 de la ley, con el propósito de lograr la mayor claridad y especificidad posible.
Como aspecto principal se propuso una adecuación al artículo 11, con el fin de reforzar las garantías relativas a la obtención del contenido de información de fuentes cerradas. La propuesta de modificación incluía exigir la autorización de un juez para todo procedimiento que limitara derechos constitucionales.
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