DGCP detecta más ilegalidades en el proceso de licitación del Intrant
El órgano rector presentó los resultados de la resolución RIC-169-2023 correspondiente a la tercera investigación sobre el caso
La próxima semana emitirá la última decisión que contiene el proceso sancionador
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) confirmó todas las irregularidades detectadas en las decisiones anteriores, en el proceso de licitación para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo, y afirma, en una nueva decisión, que comprobó que el contrato suscrito entre el Intrant y la razón social Transcore Latam, S.R.L. adicionó servicios no contemplados en el pliego de condiciones.
Explica que esto constituye una contratación directa dentro del referido contrato, en violación a los artículos 16 y 20 de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, y los principios de debido proceso y juridicidad.
La institución presentó este jueves los resultados de la tercera investigación de la que fue apoderada por parte de las razones sociales Icontrolt, S.R.L. y Kapsch Trafficcom Dominican Republic, S.R.L, contra el procedimiento de licitación pública llevado a cabo por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo.
En la resolución RIC-169-2023, que consta de 173 páginas, se determina que “en consecuencia, es nula de pleno derecho la contratación directa realizada por el INTRANT con la razón Transcore Latam, S.R.L., en cuanto a la prestación del servicio de recaudación de los 305 controladores existentes en distintas intersecciones a nivel nacional, lo cual no fue estipulado en el pliego de condiciones”.
Otras violaciones
De igual manera, se violó el artículo 3 del Decreto 15-17, sobre el debido proceso en la emisión de certificado de apropiación presupuestaria, debido a que fue utilizado un documento emitido por el director administrativo y financiero del Intrant y no el generado por el Sistema de Información de la Gestión Financiera (SIGEF). Además, de que el monto de la adjudicación y del contrato supera por RD$117,350,900.00 al apropiado para la contratación, comprometiendo así los recursos del Estado más allá de lo previsto en el certificado.
Asimismo, se verificó que la garantía de fiel cumplimiento del contrato presentada por la razón social Transcore Latam, S.R.L., es inferior a la requerida en el pliego de condiciones, incumpliendo con el requisito de vigencia dispuesto.
En atención a las irregularidades graves del procedimiento, la DGCP reitera la nulidad del pliego de condiciones y del procedimiento, así como que procede la aplicación de sanciones a los funcionarios y servidores públicos que no ciñeron su actuación a las normas del debido proceso en el marco de la licitación realizada.
Investigaciones en otras instituciones
La resolución en cuestión será remitida a la Contraloría General de la República y su Unidad Antifraude; a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana; a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PROCOMPETENCIA); a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII); al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC); a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA); al Ministerio de la Presidencia; a la Unidad de Análisis Financiero (UAF); y a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG).
Explica la DGCP que estas instituciones, en el marco de sus competencias, deben realizar las investigaciones pertinentes respecto a los hallazgos relacionados con emisión de facturas y sus comprobantes fiscales, emisión de línea de crédito aparentemente regular, conflicto de interés, comportamiento ético de los servidores públicos, prácticas anticompetitivas, entre otras cuestiones que puedan desprenderse de la investigación realizada por el órgano rector.
Mediante una nota de prensa, la DGCP también anunció que en la próxima semana dará a conocer la última resolución en torno al caso, en la cual establecerá el proceso sancionador que aplica contra la empresa adjudicataria.
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