Abinader emite reglamento de aplicación a ley de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites
El presidente lo emitió a través del decreto 486-22
A través del decreto 486-22, el presidente Luis Abinader emitió el Reglamento de Aplicación de la ley de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites, número 167-21, informó la tarde de este lunes la Presidencia.
El reglamento entrará en vigencia a los seis meses, a partir de hoy.
El decreto señala que previo a la entrada del reglamento, el Ministerio de Administración Pública (MAP) deberá emitir los instructivos y guías necesarios para la aplicación efectiva de su contenido y poner en funcionamiento el Registro Único de Mejora Regulatoria.
El citado reglamento consta de 43 páginas, lo cual permitirá regular “de manera más detallada los procesos para el dictado de normas regulatorias por parte de las distintas dependencias del Poder Ejecutivo”.
Otros alcances
Conforme a una nota de la Presidencia, gracias al reglamento las propuestas de regulaciones económicas y sociales significativas serán sometidas a un proceso de consulta pública de 45 días hábiles, mientras que las demás se regirán por un plazo de 20 días hábiles.
Dentro de sus novedades se destaca también la configuración y desarrollo del análisis de impacto regulatorio, que permitirá evaluar los efectos positivos o negativos que puedan producir las normas, no solo antes de su eventual entrada en vigencia, sino también durante su aplicación.
Además, el reglamento reconfigura el proceso de consulta pública, que venía rigiéndose por el decreto 130-05 que aprueba el Reglamento de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública.
"El reglamento fue producto de un trabajo conjunto del Ministerio de Administración Pública (MAP), en su calidad de órgano de supervisión y coordinación de la mejora regulatoria y simplificación de trámites, y de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo", detalla la nota.
A la vez que fue objeto de un amplio proceso de socialización con los actores relevantes, para lo cual fue sometido del 1 al 28 de junio de 2022 al procedimiento de consulta pública previsto en la referida ley núm. 167-21.
El dictado de este reglamento se enmarca dentro del Plan General para la Reforma y Modernización de la Administración Pública trazado en el decreto núm. 149-21, bajo la coordinación del MAP.
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