Ministerio de Interior y Policía extiende licencia de armas de fuego vencidas
Solo serán beneficiarios aquellas personas que a la fecha de su vencimiento hubiesen iniciado el proceso de renovación
El Ministerio de Interior y Policía informó este martes que dispuso la extensión por seis meses de la vigencia para la licencia de porte y tenencia de armas de fuego a favor de aquellos usuarios que estén al día con el pago de renovación de sus impuestos.
Asimismo, ordenó extender por dos años la captura de huella balística y la ampliación a todo el país de la red de laboratorios para pruebas de dopaje, a fin de facilitar los servicios que ofrece la institución a los usuarios.
La disposición de dichas medidas está contenida en las resoluciones número MIP-RR-0001-2022, MIP-RR-0002-2022 y MIP-RR-0003-2022, suscritas por el ministro Jesús Vásquez Martínez, y dada a conocer mediante una nota de prensa.
“La Resolución MIP-RR-0001-2022 establece que este beneficio es solo para las personas físicas y jurídicas cuyas licencias tengan fecha de vencimiento comprendida entre el 1 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2021”, detalla la nota.
En ese tenor, especificó que solo serán beneficiarios de la presente resolución aquellas personas que a la fecha de su vencimiento hubiesen iniciado el proceso de renovación con el pago de las tasas correspondientes.
“Las personas cuyas licencias de porte y tenencia de arma de fuego hayan vencido dentro del periodo indicado, deberán portar la licencia vencida, conjuntamente con el comprobante de pago de las tasas correspondientes para la renovación”, agrega el documento de prensa.
Aclaró también que las disposiciones descritas en la resolución no impiden que los titulares de licencia de porte y tenencia de arma de fuego puedan iniciar o continuar con sus respectivos procedimientos de renovación.
Mientras que, en lo relativo a la ampliación de la red de laboratorios a todo el país, indicó que dichos laboratorios tendrán un plazo de 10 días a partir de este martes 1 de febrero, a fin de que puedan acreditarse, siempre y cuando cumplan con los requisitos de Licencia de Habilitación emitida por el Ministerio de Salud Pública, así como tener en su lista de servicios las pruebas de dopaje y alcoholismo.
Por otra parte, deberán adjuntar a su solicitud copias de los documentos establecidos por ley y que se detallan en la resolución publicada en el portal de la organización.
En tal sentido, la Dirección de Registro y Control de Armas requerirá a los laboratorios que resultaren acreditados, cuando lo estime conveniente, certificación de inspección del Ministerio de Salud Pública y realizará una evaluación de cumplimiento anual, respecto a la Licencia de Habilitación vigente, Registro Mercantil, así como cumplimiento de pago de las obligaciones fiscales y de la Tesorería de Seguridad Social.
La solicitud de acreditación podrá presentarse de manera física o digital a través del portal institucional mip.gob.do, en el link acreditación laboratorios clínicos o remitiendo la documentación al correo acreditaciónlaboratorios@mip.gob.do.
El MIP dispondrá de un mes para la revisión y validación de la documentación aportada por los laboratorios clínicos solicitantes y emitir la correspondiente certificación de acreditación, si procede. Además, la institución se reserva el derecho de requerir alguna documentación adicional que considere necesaria a los solicitantes.
La Resolución MIP-RR-0003-2022, deja claro que los laboratorios actualmente autorizados podrán continuar brindando el servicio, pero deberán regularizar su documentación ante Interior y Policía, de ser necesario, para lo cual tiene un plazo de 30 días a partir de este martes 1 de febrero.
Huella Balística será cada dos años
Otra de las resoluciones aprobadas por Interior y Policía instruye ampliar a dos años en lugar de uno la huella balística. Cabe destacar que los demás requisitos para la emisión, traspaso y renovación de licencias de armas de fuego siguen iguales.
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