Finjus dice anulación de la ley de la DNI manda mensaje al Congreso
Servio Tulio Guzmán, vicepresidente de la institución, expuso que con esta decisión, el Tribunal Constitucional le recuerda al Congreso que "están sometidos a un orden"
“¡Eso era de esperarse! No creo que a nadie le haya sorprendido esa decisión”, expresó el vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, tras la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró este martes la nulidad de la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).
El alto tribunal determinó que la normativa es "no conforme con la Constitución", señalando graves violaciones al marco jurídico nacional, entre ellas la regulación de aspectos fundamentales de seguridad y defensa sin cumplir con los requisitos de una ley orgánica.
Castaños Guzmán explicó que la ley permitía a la DNI solicitar información sensible sin autorización de la autoridad competente, lo que representaba una vulneración al derecho a la privacidad y al debido proceso.
Asimismo, recordó que su aprobación como ley ordinaria fue otro error que contravino el procedimiento constitucional.
"Es bueno que el Congreso entienda que, aunque ellos sean los órganos de control y tengan la atribución de aprobar leyes, ellos también están sometidos a un orden", enfatizó.
Agregó que el mensaje del Tribunal Constitucional es claro: “Usted no puede vulnerar derechos fundamentales en el marco de la aprobación de una ley”, respondió al ser cuestionado por Diario Libre.
El ejecutivo indicó que la Ley 1-24 otorgaba amplios poderes a la DNI para recopilar información, incluso mediante actividades encubiertas y el acceso automático a bases de datos públicas y privadas, lo cual fue calificado como desproporcionado por el Tribunal Constitucional.
Sobre la anulación de la ley
El Tribunal Constitucional anuló la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), por ser "no conforme con la Constitución".
Mediante la Sentencia TC/0767/24, divulgada este viernes, acogió la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fuerza del Pueblo, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
De manera tajante, el tribunal determinó que "se expulse" del ordenamiento jurídico dominicano.
"Este tribunal constitucional determina que la Ley núm. 1-24, independientemente de la mayoría con la que fue sancionada y de la materia que trate, definitivamente no fue aprobada como orgánica. No fue ese el tratamiento legislativo que recibió ni fue esa la intención del Congreso Nacional", argumentó el tribunal.
La ley ha sido objeto de críticas que motivaron a que el Poder Ejecutivo sometiera un proyecto para modificarla. En este establece una serie de precisiones y prohibiciones que limitan el campo de acción de la DNI.
El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, depositó en el Senado la pieza, que previamente fue consensuada con la Sociedad Dominicana de Diarios y otras organizaciones de la sociedad civil, que cuestionaron la reciente legislación argumentando que viola artículos de la Constitución que consagran derechos a la intimidad y el honor, y la libertad de expresión e información, entre otros.
El texto del controvertido artículo 11, que obliga a todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas a entregar informaciones a la DNI, sería transformado para dejar en claro los requisitos legales que deben cumplirse previamente.
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