Suprema Corte de Justicia ratifica absolución a empresario en caso "Malecon Center"
El empresario Jean Eduard Conille Darbouze y la señora María Cristina Echeverrí fueron absueltos de los cargos de proxenetisto y lavado de activos presentados por el Ministerio Público luego de que una joven de nacionalidad venezolana se lanzara del piso 9 del edificio en 2018
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana rechazó el recurso de casación presentado por el Ministerio Público contra la resolución de la Primera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que ratificó el auto de no ha lugar dictado a favor del empresario Jean Eduard Conille Darbouze y la señora María Cristina Echeverrí, absueltos de todos los cargos relacionados con el caso denominado "Malecon Center.
Según la sentencia SCI-SS-24-0308, el recurso de casación incoado por el procurador general titular de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, José del Carmen Sepúlveda, fue rechazado por carecer de sustento, "al no verificarse los vicios invocados y apreciarse que la decisión recurrida es correcta en cuanto a la valoración de las pruebas practicada". En consecuencia, confirmó en todas sus partes la resolución penal 501-2023-SRES-00301 de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional del 31 de agosto de 2023 a favor del empresario y otros ciudadanos.
Durante el proceso, el abogado defensor del caso "Malecon Center”, Manuel Alejandro Rodríguez, expuso las deficiencias de la acusación debido a los "sesgos de la investigación" y la imposibilidad racional de la tesis acusatoria en atención a las pruebas ofertadas y su correcta valoración, lo cual fue determinante para el descargo de los acusados, quienes -según una nota de prensa- se vieron envueltos en una "accidental trama e investigación penal, a raíz de un suicidio inesperado de una joven que sufría de depresión, quien visitaba a la familia Conille en aquel entonces".
A raíz del suceso, Jean Edouard Cornielle Darbouze fue imputado por proxenetismo y lavado de activos.
“Esta decisión de la SCJ no solo representa el principio del fin del injusto viacrucis judicial que por más de seis años sufren mis clientes, pues queda pendiente de parte del Estado la reparación de sus daños materiales y morales. También pone en perspectiva las falencias del régimen procesal penal vigente frente al control del poder de acusar y perseguir penalmente a ciudadanos por decisión del Ministerio Público, pues este precedente registra un claro caso de abuso procesal y persecución fiscal maliciosa que nos invita a reflexionar sobre la importancia de los controles judiciales de la actividad del Ministerio Público y la necesidad de implementar mejores prácticas en defensa de los derechos fundamentales y la efectividad de sus garantías”, indicó el abogado Rodríguez, a través de una nota de prensa.
De su parte, Conille argumentó que las acusaciones contra él y Echeverrí, por trata y lavado de dinero, fueron resultado de una “persecución personal orquestada desde altos cargos de la Procuraría General de la República de entonces, bajo la dirección de Jean Alain Rodríguez”, por eso reclama un desagravio público en reparación de su reputación y el nombre de su familia, así como por los daños sufridos durante los largos años de persecusión.
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