Caso Money Free: Condenas por estafa y asociación de malhechores
Por la estafa, el brasileño Andrés L. Feitosa fue sentenciado a cuato años, mientras que tres dominicanos a tres años
Deberán pagar 10.9 millones de pesos en indemnización a favor de 20 de sus víctimas
El Tercer Tribunal Colegiado condenó a cuatro años de prisión al brasileño Andrés Luis Feitosa Santos y a tres años a tres dominicanos por asociarse para estafar a docenas de personas a través de medios electrónicos e informáticos y monedas virtuales, cuya acusación se dio a conocer por su principal sociedad Money Free.
Los sentenciados, principalmente Feitosa Santos, deberán pagar en indemnización 10.9 millones de pesos a veinte de sus víctimas. Los dominicanos condenados a tres años de prisión son Guarien Jesús Ariza Lluberes, Aarón David Taveras Vélez y Ronny Rafael Martínez Taveras.
Fueron hallados culpables de violar las disposiciones de los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, sobre asociación de malhechores, y por estafa, por la infraccion del artículo 15 de la Ley Núm. 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, según el dispositivo de la sentencia.
Las juezas del tribunal Arlín Ventura, Milagros Ramírez y Leticia Noboa, declararon el desistimiento de otros 19 querellantes y actores civiles.
El dictamen no encontró culpables a los dominicanos Bramna Elizabeth Leger Burgos y Guarien Buenaventura Ariza García de los cargos que les formulaba el Ministerio Público, que incluía lavado de activos provenientes del tráfico de drogas.
Asimismo, se descargó al colombiano Gabriel Eduardo Gómez Otero de la acusación que incluía lavado de activos provenientes del tráfico de drogas, y de violar la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, así como la 631-16 para el Control y Regularización de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
La acusación del Ministerio Público señalaba a los siete de lavado de activos y de estafar a docenas de personas a través de varias empresas piramidales, entre ellas My Trader Coin y Money Free, con inversiones en monedas virtuales que se promovían en las redes sociales.
La sentencia de las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado declaró "la no responsabilidad penal de las sociedades comerciales" Bitt Company, Aklam Construction, Viajeros Rd Lluberes Bacha, Lookupmag, S.R.L., R.N.C.; Cabral & Ariza, S.R.L., Cabriza, S.R.L., R.N.C., y Bitrd Tecnología, S.R.L., R.N.C.
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