Parlamento de Panamá aprueba ley de no prescripción de violación de menores

Panamá, 30 ene (EFE).- El Parlamento unicameral de Panamá aprobó este jueves en tercer y último debate un proyecto de ley que establece la no prescripción de los casos de violación de menores de edad.

Se trata del proyecto de Ley 91, que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal y considera la violación sexual de menores de edad como un delito imprescriptible, uniéndose a otros como el terrorismo y la desaparición forzada de personas.

'La imprescriptibilidad en los delitos relacionados a la libertad e integridad sexual contra un menor, asegurarán que, sin importar el momento en el que la víctima esté preparada para denunciar el hecho, se cumplirá con las responsabilidades legales estipuladas contra el agresor', indicó la Asamblea Nacional en una comunicación pública.

El proyecto legislativo establece que la sanción por la violación sexual de un menor puede ser de entre 6 a 10 años de prisión, dependiendo de si hay agravantes, entre ellas que el delito sea cometido por un pariente, ministro de culto, educador, tutor o persona que estuviera a cargo de la víctima.

El 'juez no podrá dictaminar penas sustitutivas cuando se trate de una persona sancionada por delitos contra la libertad e integridad sexual en perjuicio de una persona menor de edad', dicta esta iniciativa de ley, que debe ser firmada por el Ejecutivo y publicada en la gaceta oficial para su entrada en vigor.

El proponente de esta ley, el diputado independiente Gabriel Silva, aseguró que la finalidad de la iniciativa es la de proteger la salud física y mental de los menores, y garantizarles el derecho a la salud y la seguridad.

De acuerdos con estadísticas del Ministerio Público, en el 2019 se presentaron 2.461 denuncias de acceso sexual con una persona mayor de 14 años y menor de 18 años, y 13 por relaciones sexuales remuneradas con personas mayores de 14 años y menores de 18 años. EFE

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