IDAC explica trámite para traslado de dominicanos en el extranjero debe hacerse vía Cancillería
La institución dijo que viabiliza y ejecuta la parte aérea luego de que se canalice la solicitud ante los organismos correspondientes
El trámite para el traslado de ciudadanos dominicanos desde el extranjero hacia el país debe ser canalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y contar con la autorización de la Comisión de Alto Nivel para el Control y el Manejo del Coronavirus (COVID-19), que coordina el ministro de la presidencia Gustavo Montalvo, explicó este jueves el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC).
El IDAC hizo la explicación en detalle, ante nuevas solicitudes que han llegado a esa institución rectora del sistema aeronáutico nacional a través de llamadas telefónicas y sus redes sociales de personas que se encuentran varadas en el extranjero.
“Ante la suspensión de vuelos desde y hacia la República Dominicana, los nacionales que se encuentren en el exterior y deseen ser trasladados al país deben ponerse en contacto con los consulados o embajadas dominicanas en el exterior, que a su vez se comunicarán con el Ministerio de Relaciones Exteriores, que se encarga de notificar la solicitud a la Comisión de Alto Nivel para el Control y el Manejo del Coronavirus (COVID-19) para su aprobación”, aclara la institución.
“Es el protocolo que se está desarrollando para poder cumplir con esas solicitudes de carácter humano y adoptar los controles sanitarios de lugar”, aclara la Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas del IDAC en una nota de prensa.
Se indica, además, que una vez arriben a territorio dominicano las autoridades de salud se encargarán de aislar esos pasajeros para determinar si están o no contagiados del COVID-19.
El IDAC recordó que viabiliza y ejecuta la parte aérea luego de que se canalice la solicitud ante los organismos correspondientes.
“La facultad para conceder o negar permisos de ingreso al territorio nacional en este momento de pandemia y de recogimiento no es responsabilidad del IDAC, debe ser tramitado por las embajadas y/o los consulados a la Cancillería y desde aquí a la Comisión de Alto Nivel para el Control y el Manejo del Coronavirus (COVID-19)”, se enfatiza en la nota.
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