Asonahores propone elaborar nuevo proyecto de ley de acceso a las playas

Asegura que el que cursa en el Congreso viola principios constitucionales y otras leyes existentes

Asonahores pide sustituir proyecto que cursa en el Senado que busca regular el acceso público a las playas (Diario Libre/Archivo)

SANTO DOMINGO. Aunque aseguran ser partidarios de que se apruebe una normativa para regular el acceso público a las playas, la Asociación de Hoteles y Turismo de la República Dominicana (Asonahores) recomendó crear una comisión técnica multisectorial e interinstitucional que elabore un proyecto que sustituya el que cursa en el Senado.

Asonahores explica que el diseño de una normativa que regule el acceso público a las playas “no puede ser un ejercicio de escritorios al margen de nuestras realidades económicas, sociales y jurídicas”, y declara que la entidad “esta lista para colaborar en este proceso”.

En una comunicación de prensa, el comité técnico propuesto, dice Asonahores, debe elaborar “un pre proyecto detallado, que asuma las características geográficas y condiciones de desarrollo de las diferente regiones, no deje espacio a la confusión y cierre las compuertas a las discrecionalidades sin fundamento que tan negativas experiencias han dejado en nuestro país”.

Explica que no apoya la propuesta que cursa en el Senado porque por diversas razones, “no ofrece una solución adecuada, y que, por el contrario, creará nuevos y más complejos problemas en este ámbito”.

Asonahores señala que la normativa que la sociedad necesita debe establecer el acceso sin contradecir principios constitucionales fundamentales y tampoco desconocer normativas existentes.

“Podemos afirmar que lejos de normar la gestión y el acceso de los particulares a los ríos, lagos, lagunas, playas y costas, la aprobación del proyecto crearía un limbo jurídico que resultaría lesivo a los derechos adquiridos y consolidados y crearía obstáculos innecesarios al sector turismo”, asegura.

ASONAHORES explica que el proyecto que cursa en el Senado choca con los artículos 15, 40, 51, 74 y 110 de la Constitución, y contradice el Código Civil y desconoce lo que establece la Ley de Registro Inmobiliario, de reciente formulación, sobre la “servidumbre”, que es la obligación de una propiedad a dar acceso a otra propiedad vecina y en este caso a la costa, río y lagos.

Afirma que también contradice los planes de ordenamiento territorial sectorial ya emitidos, los decretos de aprobación de uso de la franja marítima, y carece de especificaciones técnicas que ofrezcan soluciones claras y aplicables a problemas, como el uso indiscriminado y no regulado de embarcaciones, la contaminación y el desorden generalizado que afecta playas, ríos y lagos.