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Darlin Mercado
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Cronología de todo lo que la patrulla hizo mal antes de que el cabo matara a Darlin Mercado

El agente señalado como autor del disparo mortal fue identificado como el cabo José Francisco Moreta Heredia

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Cronología de todo lo que la patrulla hizo mal antes de que el cabo matara a Darlin Mercado
Darlin Mercado, 19 años, muerto a manos de agentes policiales. (FUENTE EXTERNA.)

El homicidio de Darlin Mercado Reyes, de 19 años, no ocurrió en medio de una persecución, ni durante un intercambio de disparos, ni luego de un forcejeo directo con él. Fue durante una intervención policial por una motocicleta alegadamente sin documentos en La Cañada de Guajimía, en Herrera, Santo Domingo Oeste, cuando agentes intentaban incautar el motor, propiedad del joven, que en ese momento era conducido por otra persona.

Darlin permanecía observando el procedimiento y luego se acercó para preguntar por qué se llevarían la motocicleta. Fue entonces cuando uno de los agentes le disparó "sin mediar palabras". El agente señalado como autor del disparo mortal fue identificado como el cabo José Francisco Moreta Heredia, quien fue puesto a disposición del Ministerio Público, mientras la Dirección de Asuntos Internos de la Policía Nacional abrió una investigación.

Detalles del procedimiento

La Policía podía fiscalizar la motocicleta. Si el motor no tenía placa visible los agentes estaban facultados para detener el vehículo y solicitar documentos. La Ley 63-17, en su artículo 22, autoriza a los agentes de tránsito a detener. Pero esa misma norma impone una condición: el agente debe presentar su acreditación institucional, informar el motivo de la detención y la presunta infracción, y levantar el acta correspondiente.  ¿Colocan los policías infracciones de tránsito?

Antes de exigir que una persona vacíe sus bolsillos, el agente debe identificarse, explicar por qué la detiene y precisar cuál es la infracción. El Reglamento de la Policía sobre Uso de la Fuerza, artículo 21, coloca como primer nivel de actuación la presencia policial y el uso de la palabra: saludar, escuchar, actuar con responsabilidad, identificarse e indicar la razón de la intervención.

Fallas en la intervención

La segunda falla fue convertir una fiscalización de tránsito en una revisión personal confusa. El conductor estaba sacando su cédula cuando el agente insistió en que sacara todo de los bolsillos. Aparecieron unas llaves, un cargador de celular y otros objetos. Si los policías entendían que había riesgo para su seguridad, podían hacer una revisión preventiva, pero debían explicarlo y mantener el control del procedimiento. 

El Reglamento exige que la fuerza sea gradual y que primero se usen el diálogo, la persuasión y la advertencia antes de pasar a medidas físicas o coercitivas. Eso está en los artículos 4, 17 y 24 del Reglamento sobre Uso de la Fuerza.

La tercera falla fue el manejo de las pertenencias. La cartera y otros objetos del conductor quedaron sobre el asiento de la motocicleta mientras los agentes intentaban llevarlo hacia la patrulla. El propio conductor reclamó: "Yo tengo to´ lo mío ahí". Si la Policía ordena a una persona colocar sus pertenencias en un lugar, debe garantizar su custodia. La Ley 590-16, en sus artículos 5 y 13, establece que la misión y las funciones de la Policía incluyen proteger la vida, la integridad, los derechos y la propiedad.

La cuarta falla fue la orden de arresto sin explicación visible. Cuando el conductor admitió que no tenía los documentos y dijo que podían llevarse el motor, uno de los agentes respondió: "Ven, tú va preso también". El conductor preguntó: "¿Por qué yo voy preso?". Esa pregunta no fue respondida con una causa clara. Si procedía una detención, la autoridad debía explicar el motivo. La Ley 63-17 exige informar la razón de la detención del vehículo o del conductor, y el Reglamento sobre Uso de la Fuerza exige que la actuación policial sea legal, racional, profesional y proporcional.

La quinta falla fue la escalada física. Tras la pregunta del conductor, inició un forcejeo y luego fue llevado a empujones hacia la patrulla. La legislación no prohíbe a la Policía usar fuerza cuando hay resistencia, pero sí le impone límites. La fuerza debe ser necesaria, gradual y proporcional. El artículo 17 del Reglamento dispone que la presencia y el diálogo son los primeros pasos, que la fuerza física solo procede cuando esos medios no funcionan, y que la fuerza letal queda reservada como medida extrema para proteger una vida.

Uso del arma de fuego

La sexta falla fue dejar la escena abierta. Mientras un agente forcejeaba con el conductor, Darlin se acercó al lugar. En una intervención con dos policías, uno debe controlar al intervenido y el otro debe asegurar el perímetro, contener a terceros y dar órdenes claras. Lo correcto era marcar distancia: "Alto", "no se acerque", "manos visibles". Según el relato disponible, no hubo esa advertencia antes del disparo.

La séptima falla fue la más grave: el uso del arma de fuego. La Ley 590-16, artículo 55, establece que los policías solo pueden usar la fuerza cuando sea estrictamente necesario y en la medida requerida. También ordena utilizar medios no violentos antes de recurrir a la fuerza o a las armas de fuego. Esa misma disposición prohíbe emplear armas de fuego contra personas salvo en defensa propia o de terceros ante peligro inminente de muerte o lesiones graves.

El artículo 63 define las armas letales como aquellas que pueden causar lesiones muy graves o privar de la vida, y dice que su empleo debe ser la "última y extrema posibilidad". El artículo 64 permite el uso de armas de fuego solo como último recurso, cuando exista un peligro grave, inminente y real para la vida o integridad del agente o de terceros. Además, exige que, siempre que sea posible, el policía se identifique y dé una advertencia clara antes de usar el arma.

Si Darlin se acercó a preguntar por la motocicleta, sin persecución ni forcejeo previo de su parte, como indica el documento del caso, la secuencia no muestra la amenaza letal que exige la norma para justificar un disparo. Una aproximación, un reclamo o una pregunta no equivalen por sí solos a peligro inminente de muerte.

La octava falla vino después del disparo. La población empezó a gritar que llamaran al 9-1-1 mientras los agentes permanecían en el área. La Ley 590-16, artículo 55, obliga a requerir asistencia médica inmediata para las personas heridas o afectadas cuando se emplea la fuerza o armas de fuego. El Reglamento también ordena prestar asistencia médica lo antes posible a quienes resulten heridos durante una intervención.

Evidentemente, el homicidio de Darlin Mercado fue el desenlace de un proceso de fiscalización de tránsito mal ejecutado, de esos que dan a pie a pensar que los agentes policiales estaban macuteando y no trabajando por el bien de la ciudadanía.

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Periodista dominicano. Ha trabajado en los periódicos Diario Libre, El Caribe y Listín Diario donde ha ejercido cubriendo las fuentes de deportes y ciudad. Ha trabajado en radio, televisión y proyectos digitales.