Oposición política truena contra decisión Junta Central Electoral regula proselitismo Regulación participación de funcionarios en elecciones
El PRM, PRSC y LFP dicen que no garantiza el uso recursos Estado;
PLD y PRD saludan la decisión
La oposición política tronó ayer contra la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que solo limitó la participación de los funcionarios en actividades proselitistas durante la jornada laboral.
La disposición del organismo de elecciones concitó el rechazo de los partidos Revolucionario Moderno (PRM), Reformista Social Cristiano (PRSC) y La Fuerza del Pueblo, no así del oficialista de la Liberación Dominicana (PLD) y su aliado Revolucionario Dominicano (PRD), que la apoyan.
El candidato presidencial del PRM, Luis Abinader, condenó la resolución 33-2019 por considerarla acomodaticia a los intereses políticos del gobierno.
“El hecho de que un funcionario que maneja fondos públicos haga campaña en horario no laborable no garantiza que no use los recursos del Estado en favor de sus intereses políticos”, aseguró.
Sostuvo que ante las acciones equivocadas de la JCE, la sociedad dominicana debe mantener una actitud vigilante y de alerta para evitar una crisis política que implicaría un grave retroceso para el país.
Orlando Jorge Mera, delegado político del PRM ante la JCE, consideró incompleta la resolución toda vez que no satisface el principio de equidad que debe primar en la organización de las elecciones.
A su juicio, la JCE hace una interpretación incompleta del artículo 196 de la Ley 15-19 de Régimen Electoral, pues no cita las disposiciones del artículo 284 sobre los delitos electorales, “que sanciona a los funcionarios administrativos o judiciales que se mezclaren en los actos electorales, usando su influencia oficial para las elecciones”.
El presidente del PRSC, Federico Antún Batlle, también elevó sus cuestionamientos en contra de la medida adoptada por la Junta, la que calificó de “incorrecta y débil”.
Afirmó que los funcionarios en campaña deben solicitar una licencia para no descuidar sus funciones.
“Es una decisión que no resuelve nada. La Junta no debió venir con esa débil decisión de que los funcionarios pueden hacer campaña porque no es lo lógico, el que quiere hacer campaña que solicite una licencia seria”.
Bautista Rojas Gómez, dirigente de LFP, se mostró en contra, por entender que “no está regulando nada”. “El ministro que tiene jurisdicción nacional donde quiera que va aunque sea domingo sigue siendo ministro. Es una de las ambigüedades de las tantas que ha producido la Junta, pues el presidente de la República donde quiera que va es presidente de la República aunque sea domingo”, aseveró.
La defensa
Como una medida adecuada que viene a organizar la campaña fue calificada la resolución de la JCE por Danilo Díaz, suplente a delegado por el PLD.
“Ni al Presidente ni a ningún ciudadano se le puede impedir el derecho de participar y promover sus ideas, lo inconstitucional sería prohibirle”, destacó.
Héctor Guzmán, vicepresidente del PRD, dijo que la respaldan porque la JCE hizo cumplir la Ley de Régimen Electoral en lo referente a la publicidad en los actos de Gobierno.
“Estas medidas reglamentarias aplican para todos los funcionarios designados y de elección que administran fondos públicos”, apuntó.
La Junta dispuso, a través de la resolución 033-2019, que los funcionarios no podrán participar en actividades proselitistas durante la jornada laboral fijada por el Ministerio de Administración Pública. Además, establece que los funcionarios tampoco podrán, prevaleciéndose de su condición, utilizar recursos puestos a su disposición por el Estado en la celebración de actos públicos de promoción de candidaturas.
“Se excluyen de esta disposición aquellos funcionarios que, por su investidura, requieren dispositivos de seguridad oficial aun cuando se encuentren desarrollando actividades personales fuera de su horario de servicio, siempre que dichas medidas no afecten el normal desenvolvimiento de las actividades llevadas a cabo por organizaciones políticas, religiosas y sociales”, añade.
De conformidad con el párrafo IV del artículo 196 de la Ley 15-1 9, está prohibido durante los 40 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y 60 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresionales, la realización de actos o inaugurales de obras públicas por el Gobierno Central y las alcaldías.
Asimismo, el Gobierno Central, las entidades públicas descentralizadas y las alcaldías, se abstendrán de realizar programas de apoyo social o comunitario extraordinarios.